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Anulada la expulsión de las Fuerzas Armadas del comandante de los tenientes

El 19º Tribunal Administrativo de Ankara anuló por unanimidad la decisión de expulsar de las Fuerzas Armadas Turcas (TSK) al coronel Alper Topsakal, quien había sido destituido por no impedir que los tenientes corearan el lema "Somos los soldados de Mustafa Kemal" durante la ceremonia de graduación de la Academia Militar; los miembros del tribunal consideraron que la expulsión fue desproporcionada y que no existía un elemento delictivo concreto.

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Anulada la expulsión de las Fuerzas Armadas del comandante de los tenientes

Müyesser Yıldız - 12punto.com.tr

El 19º Tribunal Administrativo de Ankara anuló por unanimidad la decisión de expulsar de las TSK al entonces comandante interino de la escuela, el coronel Alper Topsakal, quien fue destituido por no impedir que los tenientes, tras finalizar la parte oficial de la ceremonia de graduación de la Academia Militar del año pasado, cruzaran sus espadas, recitaran el Juramento de los Oficiales y corearan "Somos los soldados de Mustafa Kemal". En la decisión de anulación, que fue adoptada por mayoría en cuanto a los fundamentos, el presidente del tribunal y un miembro señalaron que la expulsión fue "desproporcionada", mientras que otro miembro expresó su opinión de que no se había cometido ningún delito concreto.

El 19º Tribunal Administrativo de Ankara, que hace unos meses había rechazado por mayoría la solicitud de suspensión de la ejecución presentada por Alper Topsakal, celebró la vista del caso el pasado 21 de octubre. La decisión de anular por unanimidad la expulsión de las TSK, tomada el 4 de noviembre tras la audiencia, fue notificada hoy a las partes.

"SE PODRÍA HABER IMPUESTO UNA SANCIÓN MENOR EN LUGAR DE LA EXPULSIÓN"

En la decisión, el presidente del tribunal y un miembro consideraron que la expulsión de Topsakal era contraria a derecho por los siguientes motivos:

"Es un requisito del principio del Estado de derecho observar un equilibrio justo entre las acciones objeto de sanción disciplinaria y las sanciones impuestas. Los órganos autorizados para imponer sanciones disciplinarias, aunque deben ceñirse a la legislación, también deben tener en cuenta los elementos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, que son subprincipios de la proporcionalidad, una de las normas universales del derecho. En el caso en cuestión, no se pudo demostrar que el demandante tuviera permiso, aprobación o participación alguna en la acción realizada, y la acción se llevó a cabo después de que finalizara la ceremonia oficial. En este caso, no es proporcional considerar al demandante responsable individual y equivalente de las acciones de sus subordinados y sancionarlo con la expulsión de las Fuerzas Armadas. El acto imputado al demandante podría evaluarse en el marco de una negligencia en la supervisión de sus subordinados, y el acto imputado no coincide con la sanción impuesta, por lo que tampoco se cumple el requisito de 'tipicidad'. Se concluyó que la acción del demandante solo podría evaluarse en el marco del artículo sobre 'Indisciplinas que requieren la sanción de descuento salarial: Negligencia en la supervisión de sus subordinados: es la negligencia en la inspección, control y supervisión de sus subordinados y de quienes están bajo su mando'. Por lo tanto, no se encontró conformidad con la ley en el proceso de sancionar al demandante con la expulsión de las Fuerzas Armadas".

JUEZ MIEMBRO: "NO HAY DELITO"

El miembro que escribió un voto particular de 7 páginas rechazando la demanda de anulación de la ejecución presentada por Alper Topsakal, también se opuso a los fundamentos de la decisión de anulación sobre el fondo con un voto particular de 6 páginas.

El juez miembro, señalando que nadie puede ser considerado legalmente responsable por un acto que no cometió y que, además, no existe ninguna disposición en la legislación legal que establezca que los comandantes de escuela y otros superiores sean responsables en el mismo grado y de manera equivalente por las acciones de sus subordinados, destacó en resumen lo siguiente:

"No existe ninguna prueba concreta y legalmente aceptable de que el demandante tuviera alguna culpa o negligencia respecto a los asuntos imputados, y no se puede demostrar concretamente que se hayan cometido los actos objeto de la acusación. Dado que no puede haber sanción por un comportamiento que no se ha materializado concretamente en términos de derecho disciplinario y administrativo, o que no se ha manifestado mediante un acto activo o pasivo, no estoy de acuerdo con los fundamentos de la decisión mayoritaria, ya que la decisión de anular la expulsión de las TSK debería haberse tomado basándose en que las acusaciones no se basan en una acción concreta, clara y activa o pasiva del demandante, sino en suposiciones o interpretaciones, y no se cumple el requisito de 'tipicidad'".

Se estima que esta decisión sentará un precedente tanto en las demandas de anulación presentadas por el comandante del batallón, Halit Türkoğlu, como por los tenientes.


Fuente de la noticia: Müyesser Yıldız

Coronel Alper Topsakal