Declaraciones del ministro de Justicia, Tunç, sobre los delitos con penas aumentadas: ampliación del periodo de ejecución en el domicilio
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, realizó declaraciones impactantes sobre las nuevas regulaciones en la Ley de Ejecución Penal y los delitos cuyas penas serán aumentadas.
El periodista Sinan Burhan evaluó en tv100 las impactantes declaraciones del ministro Tunç sobre las nuevas regulaciones en la Ley de Ejecución Penal.
El ministro de Justicia, Tunç, señaló que se aumentarán las penas para delitos como lesiones intencionales, lesiones agravadas por el resultado y amenazas, y afirmó que también se ampliará el alcance del delito de disparar armas de fuego en zonas residenciales. Las armas de fogueo también serán consideradas dentro de este delito, previéndose penas de prisión de 1 a 5 años. En caso de que dicha acción se lleve a cabo en eventos como bodas, compromisos o despedidas de soldados, la pena se incrementará desde la mitad hasta el doble.
PENAS DE PRISIÓN PARA QUIENES BLOQUEEN EL TRÁFICO
Según la nueva regulación, la pena para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o drogas aumentará de 6 meses a 2 años. Además, el acto de bloquear el tráfico será definido como un delito independiente y quienes cometan este delito serán juzgados con penas de prisión de 1 a 3 años.
NUEVA REGULACIÓN PARA DELITOS DE ORGANIZACIÓN
En línea con la decisión de anulación del Tribunal Constitucional, se están redefiniendo los elementos y la pena del delito de cometer un crimen en nombre de una organización sin ser miembro de la misma. También se prevé un aumento en las penas por los delitos de fundar, dirigir y ser miembro de una organización.
El límite inferior de la pena para delitos cometidos intencionalmente se elevará de 1 año y 6 meses a 3 años; mientras que para los delitos cometidos por negligencia (excluyendo el homicidio culposo), se aumentará de 3 a 5 años.
SE AMPLÍAN LOS PERIODOS DE EJECUCIÓN EN EL DOMICILIO
Con la nueva regulación, se aumenta el periodo de ejecución en el domicilio para ciertos casos especiales:
Para mujeres, niños y personas mayores de 65 años, de 1 a 3 años,
Para personas mayores de 70 años, de 2 a 4 años,
Para personas mayores de 75 años, se podrán ejecutar en el domicilio penas de prisión de hasta 5 años.
Para personas mayores de 80 años, este periodo podrá extenderse hasta 6 años.
Además, la ejecución en el domicilio de penas de prisión de hasta 5 años por enfermedad o discapacidad podrá extenderse hasta 10 años. En el caso de penas impuestas por motivos de parto, este periodo también se ampliará de 3 a 5 años.
Fuente de la noticia: 12punto
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