Multa del TİHEK al ÖSYM
El TİHEK ha impuesto una multa al ÖSYM alegando que "no actuó de manera objetiva en los criterios de puntos adicionales para personas con discapacidad".
La Institución de Derechos Humanos e Igualdad de Turquía (TİHEK) ha impuesto una multa administrativa al ÖSYM (Centro de Selección y Colocación de Estudiantes) por considerar que los criterios exigidos para los puntos adicionales otorgados a los candidatos con discapacidad en el Examen de Instituciones de Educación Superior (YKS) no estaban sujetos a condiciones objetivas.
Según la decisión del TİHEK, S.K., una persona con un 40% de discapacidad visual, quiso beneficiarse de la aplicación de puntos adicionales por discapacidad del ÖSYM en el YKS realizado los días 17 y 18 de junio de 2023.
"QUE LAS RAZONES DE RECHAZO SE VINCULEN A CRITERIOS OBJETIVOS"
El estudiante, cuya solicitud fue rechazada por el Departamento de Candidatos con Discapacidad del ÖSYM, presentó una denuncia ante el TİHEK argumentando que las razones del rechazo no se basaban en criterios objetivos, solicitando que se le otorgaran los puntos adicionales por discapacidad en el examen que iba a realizar y que las razones de rechazo se vincularan a criterios objetivos y se incluyeran en la guía del YKS.
S.K. también declaró que había solicitado puntos adicionales en los exámenes a los que se había presentado desde 2019, pero que estas solicitudes también fueron rechazadas.
PUNTOS ADICIONALES OTORGADOS TRAS LA RECOMENDACIÓN DEL KDK
Durante la investigación de la institución, S.K., a quien se le solicitó su opinión por escrito, informó que también había presentado una solicitud ante la Institución del Defensor del Pueblo (KDK) sobre el mismo tema y que, tras la decisión de recomendación del KDK, se le otorgaron los puntos adicionales por discapacidad.
El solicitante, expresando que el problema no se había resuelto por completo, reiteró su demanda de que la aplicación de puntos adicionales otorgada a las personas con discapacidad se vincule a criterios objetivos.
Al completar su investigación, el TİHEK consideró inadmisible la solicitud en ese sentido, dado que la petición de puntos adicionales del solicitante ya había sido satisfecha.
MULTA ADMINISTRATIVA DE 20 MIL LIRAS
En cuanto a la otra parte de la solicitud, el TİHEK determinó que "se actuó en contra del principio de realizar ajustes razonables respecto a la demanda del solicitante de que las situaciones en las que se otorgarán puntos adicionales por discapacidad se vinculen a criterios objetivos".
La institución, al dictaminar que se violó la prohibición de discriminación por motivos de discapacidad, impuso una multa administrativa de 20 mil liras al ÖSYM.
"PODRÍA SER ÚTIL TAMBIÉN PARA PERSONAS CON LA MISMA O DIFERENTE DISCAPACIDAD"
En la decisión del TİHEK se señaló que los criterios buscados para los puntos adicionales por discapacidad no estaban vinculados a condiciones objetivas y no se especificaba claramente en la guía a quién y cómo se otorgarían, y que la solicitud del demandante para realizar una regulación también fue rechazada por el ÖSYM con justificaciones abstractas.
Se expresó que, aunque en la guía del YKS se informaba que se examinarían el tipo y grado de discapacidad indicados en los informes de la junta médica, no se incluía bajo qué procedimientos y principios se realizaría dicho examen.
En la decisión, se registró lo siguiente:
"Se ha evaluado que la solicitud del solicitante de que se determine claramente a quién y cómo se otorgarán los puntos adicionales por discapacidad vinculándolos a condiciones objetivas y que se añadan a la guía del YKS no beneficia únicamente al solicitante, sino que la realización de tal regulación podría ser útil también para otros individuos con la misma o diferente discapacidad y proporcionar un beneficio público. Por lo tanto, se ha entendido que la solicitud de realizar un ajuste razonable es adecuada al propósito, necesaria y proporcionada".
Fuente de la noticia: AA
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