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19 asesinatos sin resolver pasan a la historia

El Tribunal de Casación ha ratificado las sentencias absolutorias en el caso Susurluk-JİTEM contra Mehmet Ağar y otros acusados.

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19 asesinatos sin resolver pasan a la historia

El Tribunal de Casación ha ratificado las sentencias absolutorias y de prescripción dictadas en el caso contra 18 acusados, entre ellos el exministro Mehmet Ağar, por la supuesta comisión de 19 asesinatos sin resolver ocurridos entre 1993 y 1996. De este modo, el proceso judicial que se prolongó durante años contra Ağar, Korkut Eken, İbrahim Şahin y antiguos agentes de policía de operaciones especiales ha quedado cerrado con una sentencia definitiva.

Según informa T24, en el caso que pasó a la historia como el “juicio por los asesinatos sin resolver”, y que generó un gran debate especialmente durante las revelaciones del líder de la organización criminal Sedat Peker, el Tribunal Penal Superior n.º 1 de Ankara había dictado la absolución de los acusados, decisión que fue anulada por el tribunal de apelación. Tras el segundo juicio, el tribunal local volvió a dictar una sentencia absolutoria. La Sala Penal n.º 1 del Tribunal Regional de Justicia de Ankara (apelación) completó su revisión sobre la segunda sentencia absolutoria y, en esta ocasión, la consideró correcta. El tribunal dictaminó que los expedientes relativos a los asesinatos de Behçet Cantürk y Abdülmecit Baskın habían prescrito, mientras que para el resto de los asesinatos señaló que la absolución era procedente.

 

PASÓ A LA HISTORIA

La Sala Penal n.º 1 del Tribunal de Casación completó la revisión de la apelación sobre estas decisiones. Al señalar que debía dictarse una sentencia de prescripción para algunos de los asesinatos, la sala ratificó esta parte del expediente tras corregirla, sin considerar este hecho como motivo de anulación.

 

En su decisión unánime, la sala justificó la ratificación de las absoluciones de la siguiente manera:

“Se entiende que los procedimientos durante el proceso judicial se llevaron a cabo de acuerdo con el procedimiento y la ley, que las alegaciones y defensas presentadas en las distintas etapas fueron discutidas y expuestas en la sentencia motivada junto con las pruebas recopiladas, las cuales se consideran suficientes según el alcance del expediente; que las pruebas en las que se basó la sentencia y las que fueron rechazadas se indicaron claramente; que las pruebas fueron recopiladas durante las fases de investigación y enjuiciamiento, por lo que no existe una investigación incompleta; que los informes en los que se basó la sentencia son suficientes; y considerando que, aparte de documentos que no tienen carácter de prueba y declaraciones abstractas, contradictorias y basadas en rumores que no pueden ser respaldadas por pruebas, no existen otras evidencias, no se observa ninguna incorrección en las sentencias absolutorias dictadas al evaluar la duda en favor de los acusados, dado que no existen pruebas definitivas y convincentes, libres de toda duda, de que los acusados cometieran los delitos que se les imputan, conforme a la convicción y criterio del Tribunal; por lo tanto, no se ha encontrado ilegalidad en las sentencias tras el examen de los motivos de apelación”.

 



Fuente de la noticia: 12punto

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