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El aumento de las pensiones y la tasa de salida al extranjero son aprobados en la Asamblea General de la TBMM: Se otorga a Erdoğan la autoridad para triplicar la tasa

El proyecto de ley sobre modificaciones en las leyes fiscales y otras leyes, que incluye el aumento de la pensión mínima a 12.500 liras, ha sido aprobado en la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM).

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El aumento de las pensiones y la tasa de salida al extranjero son aprobados en la Asamblea General de la TBMM: Se otorga a Erdoğan la autoridad para triplicar la tasa

Con el proyecto de ley firmado por los diputados del AKP, se determinarán los ingresos mensuales y anuales de los contribuyentes tomando el promedio de los montos de ingresos diarios detectados como resultado de las inspecciones realizadas a los contribuyentes.

Los montos de ingresos determinados de esta manera se compararán con los montos de ingresos declarados por los contribuyentes para el período en el que operan, y si la diferencia encontrada como resultado de la comparación es superior al 20 por ciento, los contribuyentes serán llamados a dar explicaciones en el marco de la "institución de invitación a la explicación" incluida en la Ley de Procedimiento Fiscal.

Esta disposición también se aplicará a los contribuyentes del impuesto de sociedades. El Ministerio de Hacienda y Finanzas estará autorizado a determinar los procedimientos y principios relativos a la aplicación del artículo.

Se realizarán retenciones fiscales sobre los pagos realizados a personas físicas en relación con la adquisición de bienes y servicios, teniendo en cuenta los sectores y actividades determinados por el Presidente. De esta manera, se garantizará la seguridad fiscal y se reducirá la economía sumergida. Se otorgará al Presidente la autoridad para determinar tasas, por separado o conjuntamente, para los pagos sujetos a retención fiscal, según los temas de actividad, tipos de pago, sectores, grupos de trabajo y tipos de negocio.

Teniendo en cuenta los motivos de la decisión de anulación del Tribunal Constitucional, se realizó una modificación en la Ley de Procedimiento Fiscal con la propuesta. En consecuencia, el límite superior de la garantía que se solicitará a los contribuyentes dentro del alcance de la aplicación de garantías se determinó como el 10 por ciento del monto total incluido en los documentos falsificados regulados, sin exceder los 10 millones de liras.

El plazo para presentar la garantía solicitada se amplió de 30 a 60 días. Se garantizará que la garantía sea devuelta a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones según lo acordado previamente y que las personas determinadas no sean responsables de todas las deudas fiscales que hayan surgido a partir de la fecha de solicitud de la garantía.

LA PENSIÓN MÍNIMA ES DE 12 MIL 500 LIRAS

Con la nueva regulación legal, el monto mínimo de pago mensual, previsto como 10 mil liras por archivo para quienes reciben pensiones de vejez, invalidez y viudedad, así como para los beneficiarios, aumentará a 12 mil 500 liras.

Se pondrá fin a la práctica relacionada con el pago por parte del Tesoro de la prima de apoyo a la seguridad social de 5 puntos proporcionada a los empleadores si aquellos que son considerados asegurados antes del 8 de septiembre de 1999, y a quienes se les vincula por primera vez una pensión de vejez o jubilación, continúan trabajando en el mismo lugar de trabajo sujetos a la prima de apoyo a la seguridad social.

AUMENTO DE LA TASA DE SALIDA AL EXTRANJERO

Con la regulación, el monto de la tasa de salida al extranjero incluido en la ley se incrementará 10 veces, pasando de 50 liras a 500 liras. Con la modificación realizada en la Ley N.º 5597 sobre la Tasa de Salida al Extranjero, se otorgará al Presidente la autoridad para triplicar este monto. De esta manera, la tasa de salida al extranjero podrá ascender hasta 1500 TL.

NO SE PODRÁ UTILIZAR EL IBAN NI EL DISPOSITIVO POS DE OTRA PERSONA

Excepto en los casos permitidos de acuerdo con la Ley de Tarjetas Bancarias y Tarjetas de Crédito, en caso de que los cobros realizados mediante el uso de tarjetas de crédito, tarjetas bancarias, tarjetas prepagas, códigos QR, billeteras electrónicas y herramientas de pago similares se realicen a través de sistemas de pago o dispositivos no registrados a nombre del propio contribuyente, se aplicará a los contribuyentes que realicen el cobro y a quienes permitan el uso de estos sistemas o dispositivos registrados a su nombre, por separado por cada transacción, el triple de la multa por irregularidad especial determinada de acuerdo con esta disposición. En este contexto, el total de la multa por irregularidad especial que se impondrá dentro de un año calendario no podrá exceder los 20 millones de liras.

SE REALIZÓ UNA MODIFICACIÓN EN LA LEY DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

Con la nueva regulación, se introdujo la aplicación del impuesto mínimo de sociedades nacional. El impuesto de sociedades que pagarán los contribuyentes del impuesto de sociedades no será inferior al 10 por ciento de los ingresos corporativos antes de deducir descuentos y exenciones. En este contexto, las empresas multinacionales cuyos ingresos anuales consolidados superen los 750 millones estarán sujetas a un impuesto de sociedades mínimo del 15 por ciento en sus sucursales, filiales y lugares de trabajo en países con baja tributación.

Los gastos relacionados con las ganancias exentas del impuesto de sociedades complementario mínimo local y global o las pérdidas derivadas de actividades dentro del alcance de la exención no podrán ser objeto de deducción de las ganancias no exentas.

Se establece la disposición para el cálculo de los impuestos cubiertos ajustados que se tienen en cuenta en la determinación de la carga fiscal. En el cálculo de la carga fiscal basada en el país del grupo empresarial multinacional, se tendrán en cuenta los impuestos cubiertos ajustados calculados de las empresas afiliadas ubicadas en ese país.

SE COBRARÁ UN 30 POR CIENTO DE IMPUESTO DE SOCIEDADES SOBRE LAS GANANCIAS DE LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN-OPERACIÓN-TRANSFERENCIA

Además, se está creando una institución de seguridad fiscal para el impuesto de sociedades complementario mínimo local y global. En este contexto, en las transacciones de provisión de financiación entre empresas afiliadas dentro del mismo grupo, si la carga fiscal en el país donde se encuentra la empresa afiliada prestataria está por debajo de la tasa mínima del impuesto de sociedades, y la carga fiscal en el país donde se encuentra la empresa afiliada prestamista está por encima de la tasa mínima del impuesto de sociedades, o si la carga fiscal calculada sin tener en cuenta los ingresos y gastos por intereses derivados de la financiación intragrupo está por encima de la tasa mínima del impuesto de sociedades, el gasto por intereses en el que incurrirá la empresa afiliada prestataria y que se considerará como gasto en la determinación de las ganancias basadas en la empresa, se limitará al monto que la empresa afiliada prestamista considere como ingreso.

Se calculará un impuesto de sociedades del 30 por ciento sobre las ganancias de las instituciones que operan en proyectos realizados de acuerdo con la Ley sobre la Realización de Algunas Inversiones y Servicios en el Marco del Modelo de Construcción-Operación-Transferencia y en proyectos llevados a cabo en el marco del modelo de asociación público-privada de acuerdo con las disposiciones de la Ley sobre la Construcción, Renovación y Adquisición de Servicios de Instalaciones por parte del Ministerio de Salud con el Modelo de Asociación Público-Privada y la Modificación de Algunas Leyes y Decretos-Ley.


Fuente de la noticia: 12punto

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