Decisión del Tribunal Constitucional sobre la revocación del mandato de Can Atalay: 'Nulo de pleno derecho'
El Tribunal Constitucional ha dictaminado que la revocación del mandato del diputado del TİP por Hatay y preso del caso Gezi, Can Atalay, tras la lectura de la decisión de la 3ª Sala Penal del Tribunal de Casación en la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM), es nula de pleno derecho. La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial. El presidente del CHP, Özel, y el presidente del TİP, Baş, también comentaron la decisión del tribunal sobre Atalay.
El Tribunal Constitucional (AYM) ha publicado los fundamentos de su decisión de "no haber lugar a pronunciarse" sobre la solicitud presentada para declarar que la revocación del mandato del diputado Can Atalay, preso por el caso del Parque Gezi, es nula de pleno derecho, así como para la anulación y suspensión de la ejecución de dicho acto.
Atalay y varios diputados habían recurrido al AYM con la solicitud de "determinar que la revocación del mandato de Atalay, mediante la lectura del escrito de la 3ª Sala Penal del Tribunal de Casación en la Asamblea General de la TBMM, es nula de pleno derecho, y solicitar la anulación y suspensión de la ejecución del acto".
El Alto Tribunal, que examinó la solicitud en la reunión de la Asamblea General del 22 de febrero, dictaminó por mayoría de votos que no había lugar a pronunciarse. Los fundamentos de la decisión fueron publicados en la edición de hoy del Boletín Oficial.
En la decisión, se recordó que en las solicitudes individuales presentadas por Atalay, se determinó que se habían vulnerado su "derecho a ser elegido y a participar en actividades políticas" y su "derecho a la libertad y seguridad personal".
GÖKHAN GÜNAYDIN: ¡CAN ATALAY AL PARLAMENTO!
Günaydın, quien anunció que la objeción presentada por el CHP ante el Tribunal Constitucional sobre Can Atalay ha llegado a su fin, declaró que tras esta decisión, Atalay debe regresar al parlamento lo antes posible.
Gökhan Günaydın hizo la siguiente declaración:
¡El Tribunal Constitucional, con la decisión tomada tras la solicitud del grupo del CHP y otros, ha dictaminado que la revocación del mandato del diputado por Hatay, Can Atalay, mediante la lectura de la decisión de la 3ª Sala del Tribunal de Casación en la sesión de la TBMM del 30/01/2024, es NULA DE PLENO DERECHO! ¡CAN ATALAY AL PARLAMENTO!



EL PRESIDENTE DEL CHP, ÖZEL, TAMBIÉN HIZO UNA DECLARACIÓN
El presidente del CHP, Özgür Özel, quien evaluó la decisión sobre Can Atalay tomada por el Tribunal Constitucional a través de su cuenta de redes sociales, hizo la siguiente declaración:
"El Tribunal Constitucional, con su decisión motivada sobre el diputado por Hatay, Can Atalay, ha determinado que la pérdida de su mandato es nula de pleno derecho.
Can Atalay debe ser puesto en libertad, se debe garantizar que preste juramento como diputado rápidamente y se le deben restituir todos sus derechos".

COMENTARIO DE ERKAN BAŞ SOBRE EL DIPUTADO DE SU PARTIDO, ATALAY
El Tribunal Constitucional ha determinado claramente que la decisión de la TBMM de revocar el mandato de nuestro diputado por Hatay, Can Atalay, es nula de pleno derecho, y la decisión motivada ha sido publicada en el Boletín Oficial.
Esta gran vergüenza a la que se somete a nuestro país debe ser remediada de inmediato; Can Atalay debe ser puesto en libertad de inmediato y se debe garantizar que comience sus funciones tras prestar juramento como diputado.
¡Los golpistas serán derrotados y #CanAtalayVendráAlParlamento! ¡Todos los presos de Gezi alcanzarán inevitablemente su libertad!

¿QUÉ HABÍA PASADO?
Can Atalay fue elegido diputado por Hatay en el 28º periodo en las elecciones parlamentarias celebradas el 14 de mayo. El certificado de elección de Atalay fue retirado de la Fiscalía de Hatay por sus abogados, y posteriormente se presentó una solicitud ante la Fiscalía General del Tribunal de Casación para su puesta en libertad.
El abogado de Atalay, Özgür Urfa, reaccionó ante el hecho de que el expediente no fuera enviado por la Fiscalía General a la 3ª Sala Penal del Tribunal de Casación, que debía tomar la decisión, y que no se les diera ninguna explicación. Urfa, quien también es miembro de la Asamblea del Partido TİP, argumentaba que el hecho de que un diputado electo estuviera encarcelado constituía un problema desde el punto de vista legal y constitucional.
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, y el presidente de la TBMM de la nueva legislatura, Numan Kurtulmuş, habían declarado anteriormente que la Presidencia de la TBMM actuaría de acuerdo con la decisión del Tribunal de Casación. El ministro Tunç afirmó que el asunto no estaba bajo la iniciativa del Ministerio de Justicia, que el proceso judicial pertinente continuaba y que se actuaría según las respuestas recibidas tras las solicitudes presentadas a la Presidencia de la TBMM. Tunç también expresó lo siguiente en la recepción organizada el 1 de octubre con motivo de la apertura del 2º Año Legislativo del 28º Periodo de la TBMM:
“En el artículo 83 de nuestra Constitución existe la frase 'Un diputado no puede ser interrogado, cuestionado ni juzgado', pero el poder judicial ha tomado una decisión y todos respetaremos esta decisión. Por supuesto, la decisión puede ser criticada, pero expresiones como 'No aceptamos la decisión' no tienen cabida en un estado de derecho democrático. Existe un debate sobre si está dentro del alcance de la inmunidad. En el artículo 83 de nuestra Constitución existe la frase 'Un diputado no puede ser interrogado, cuestionado ni juzgado', pero quienes no leen los párrafos inferiores piensan que la inmunidad consiste solo en ese párrafo.
Cuando leemos los párrafos siguientes, aparecen las expresiones 'siempre que la investigación haya comenzado antes de las elecciones'. La investigación del Caso Gezi comenzó antes de las elecciones. Este delito está dentro del alcance del orden constitucional. Aquí, el Tribunal de Casación declaró con estos fundamentos que no estaba dentro del alcance de la inmunidad y que continuaría el juicio, y finalmente tomó una decisión. Constituye una sentencia firme. Las consecuencias de la sentencia firme también están reguladas en el artículo 84 de nuestra Constitución; en el artículo 84, el mandato de diputado se pierde con la lectura de la sentencia firme en la Asamblea General".
DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN
La 3ª Sala Penal del Tribunal de Casación había tomado una decisión en julio sobre la solicitud del abogado de Atalay para la suspensión del juicio y su puesta en libertad. Según la decisión, la solicitud de puesta en libertad y suspensión del juicio de Atalay fue rechazada alegando que no se cumplían las condiciones.
Posteriormente, la sala, en su decisión del 28 de septiembre, confirmó la cadena perpetua agravada impuesta a Osman Kavala y las penas de 18 años de prisión para 4 acusados, incluido Can Atalay. En la decisión del Tribunal de Casación se incluyeron los siguientes fundamentos:
"Entendiéndose que actuaron en conjunto y en conexión con el otro acusado, Osman Kavala, quien fue el actor principal en la organización y financiación de las acciones del Parque Gezi, y dado que sus acciones constituyeron el delito de intento de derrocar al gobierno dentro del alcance de los artículos 312/1 y 37/1 del Código Penal Turco (TCK), el hecho de que fueran condenados por el delito de complicidad en el intento de derrocar al gobierno como resultado de un error en la apreciación y evaluación de las pruebas, no se ha convertido en motivo de anulación al no haber apelación en contra".
DECISIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Tras la decisión de confirmación del Tribunal de Casación, los abogados de Atalay presentaron una solicitud individual ante el Tribunal Constitucional alegando que se había vulnerado su derecho a "ser elegido y participar en actividades políticas" y su derecho a la "libertad y seguridad personal" debido al rechazo de su solicitud de puesta en libertad; el Tribunal Constitucional también decidió el 25 de octubre que se habían vulnerado los derechos del diputado por Hatay, Can Atalay, en cuanto a su 'derecho a ser elegido y participar en actividades políticas' y su 'libertad y seguridad personal'. En la decisión, en la que 5 miembros votaron en contra y 9 miembros votaron a favor de la 'vulneración de derechos', se incluyó en resumen el siguiente fundamento:
"Es evidente que el solicitante comenzó a beneficiarse de la inmunidad parlamentaria debido a su elección como diputado en las elecciones generales celebradas el 14 de mayo de 2023, siempre que no se realice una regulación constitucional o legal que proteja el derecho a ser elegido y participar en actividades políticas, y que proporcione certeza y previsibilidad.
En este caso, debe aceptarse que el hecho de que el solicitante continúe detenido a pesar de su solicitud de puesta en libertad no es compatible con el artículo 83 de la Constitución".
EL EXPEDIENTE NUEVAMENTE EN EL TRIBUNAL DE CASACIÓN
Se esperaba que esta decisión del AYM abriera el camino para la puesta en libertad de Can Atalay. Sin embargo, el hecho de que el 13º Tribunal Penal Superior de Estambul enviara el expediente al Tribunal de Casación añadió una nueva dimensión a las discusiones. El 13º Tribunal Penal Superior de Estambul, en sus fundamentos, declaró que "Can Atalay fue condenado a 18 años de prisión con la decisión del 25 de abril de 2022, que la apelación realizada fue rechazada en el fondo, y recordando otros procesos judiciales, señaló que la decisión de vulneración de derechos tomada por el AYM el 25 de octubre no estaba relacionada con la decisión del tribunal local".
Fuente de la noticia: 12punto
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