El Consejo de Estado recuerda el informe pericial: rechazo a la mina en el lago Salda
La Cuarta Sala del Consejo de Estado también anuló la decisión de "no se requiere EIA" otorgada al Proyecto de Cantera de Caliza, que se prevé dañará el lago Salda.
Se concluyó que el Proyecto de Cantera de Caliza, que la empresa Zontaş Zonguldak Taş Kömürü pretendía llevar a cabo en la meseta de Eşeler en Burdur, causaría daños negativos a los recursos hídricos que alimentan el lago Salda, a las especies de plantas endémicas presentes en el área y a la producción agrícola y ganadera.
SE RECORDÓ LA INSPECCIÓN PERICIAL
Tras la decisión del Segundo Tribunal Administrativo de Isparta, la Cuarta Sala del Consejo de Estado también rechazó la decisión de que no se requiere una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) para la cantera de caliza. La decisión fue tomada por mayoría de tres votos contra dos. Los jueces del Consejo de Estado, recordando la inspección pericial realizada en la zona por el tribunal de primera instancia, dictaminaron el rechazo al recurso de apelación de la Gobernación de Burdur debido a que las funciones forestales y los recursos hídricos subterráneos y superficiales de la región de Eşeler se verían afectados negativamente. En la decisión, también se expresó que el lago Salda podría verse 'afectado negativamente'.
LA GOBERNACIÓN HABÍA APELADO
Según la noticia de Osman Çaklı de Duvar, los residentes de la zona llevaron a los tribunales la decisión de que no se requiere EIA, otorgada a la empresa por la Gobernación de Burdur en diciembre de 2022. Para la decisión de EIA cuya anulación se solicitaba en el Segundo Tribunal Administrativo de Isparta, se realizó una inspección pericial en el área donde se encuentra el proyecto. En el informe pericial, se reportó que el Proyecto de Cantera de Caliza crearía un impacto negativo en la naturaleza, desde el bosque hasta los recursos hídricos y el lago Salda. El Segundo Tribunal Administrativo de Isparta también falló en línea con el informe pericial y dictaminó la anulación de la decisión de no requerir EIA que la Gobernación había otorgado a la empresa. La Gobernación apeló la decisión del tribunal de primera instancia y trasladó el proceso a la Cuarta Sala del Consejo de Estado.
EL CONSEJO DE ESTADO RATIFICÓ LA DECISIÓN
En relación con el caso en el que intervinieron el Colegio de Abogados de Burdur y la Asociación de Forestales de Turquía, la Cuarta Sala del Consejo de Estado rechazó la solicitud de apelación de la Gobernación de Burdur. En la decisión anunciada, la Cuarta Sala del Consejo de Estado ratificó íntegramente la decisión tomada por el tribunal de primera instancia.
En la decisión del tribunal de primera instancia se incluyeron las siguientes declaraciones: “En la decisión tomada por el Tribunal Administrativo; a partir de la evaluación de la inspección realizada y el informe pericial preparado como resultado de la pericia, así como de la información y documentos en el expediente, se determinó que las actividades planificadas para llevarse a cabo en el marco del proyecto objeto del litigio afectarán negativamente la calidad y cantidad de los recursos hídricos subterráneos y superficiales. Se determinó que la cobertura vegetal del área no fue identificada correctamente en el marco del expediente de presentación del proyecto, y que si se destruyen los bosques ubicados en el área del proyecto, las reservas de agua superficiales y subterráneas sufrirán daños. Se concluyó que la función hidrológica del bosque se verá afectada negativamente, lo que provocará la desaparición de los recursos hídricos que alimentan el lago Salda, causará la extinción de las especies de plantas endémicas presentes en el área y afectará negativamente la producción agrícola y ganadera.”
Fuente de la noticia: 12punto
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