Ha entrado en vigor la modificación del reglamento sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera. La normativa, preparada por el Ministerio de Transporte e Infraestructura, ha sido publicada en el Boletín Oficial.
Con la nueva regulación, se han introducido cambios en las obligaciones documentales de los conductores. Según esto, los conductores deberán llevar consigo durante todo el transporte el certificado de formación SRC5, adecuado a la clase de mercancía peligrosa que transporten o a la modalidad de transporte.
Para permitir la identificación del contenido de las mercancías peligrosas en los controles de carretera, se ha impuesto una nueva obligación a los transportistas. Estos deberán llevar la ficha de datos de seguridad, preparada conforme a la legislación pertinente, ya sea en formato impreso o digital, durante todo el transporte.
En caso de incumplimiento de las disposiciones del reglamento, se aplicarán multas administrativas de entre 564 liras y 63.802 liras.
Asimismo, el "Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Servicios de Asesoramiento en Seguridad de Mercancías Peligrosas" y el "Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Vehículos y Superestructuras que Transportan Mercancías Peligrosas" también han sido publicados en el Boletín Oficial y han entrado en vigor. Con estas modificaciones, se ha reorganizado la legislación que sirve de base a dichos reglamentos.
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