Aclaración sobre las noticias de la eliminación del 10% de tolerancia en el límite de velocidad: 'Continúa vigente'
Habían surgido diversas afirmaciones sobre la nueva regulación de multas de tráfico que se debatirá en la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM). En particular, una institución oficial se pronunció sobre los rumores de que el margen de tolerancia del 10% en las multas por exceso de velocidad sería eliminado con esta normativa.
12punto
El Ministerio del Interior ha emitido una declaración en respuesta a las afirmaciones sobre la regulación que contempla cambios integrales en las multas de tráfico, la cual será presentada esta semana ante la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM).
El Ministerio desmintió las afirmaciones de que el 'margen de tolerancia del 10%' haya sido eliminado.
Habían surgido diversas afirmaciones sobre la nueva regulación de multas de tráfico que se debatirá esta semana en la TBMM. En particular, una institución oficial se pronunció sobre los rumores de que el margen de tolerancia del 10% en las multas por exceso de velocidad sería eliminado con esta normativa.
El Ministerio del Interior respondió a las afirmaciones sobre los cambios en las multas de tráfico a través de una publicación en su cuenta de redes sociales.
"NO REFLEJA LA REALIDAD"
"Las noticias y afirmaciones que circulan en algunas cuentas de redes sociales, basadas en el borrador de modificación de la Ley de Tráfico de Carreteras, que indican que 'se ha eliminado el margen de tolerancia del 10% otorgado a los conductores en las multas de radar y que se impondrán multas a los conductores que superen el límite de velocidad incluso por 1 km/h', NO REFLEJAN LA REALIDAD".
En el proyecto de ley, en lugar de un aumento porcentual basado en la proporción de las multas por exceso de velocidad, se ha establecido un aumento gradual por cifras y una distinción entre zonas urbanas y extraurbanas.
En este contexto;
En el límite de velocidad de 50 km/h en zonas residenciales, se aplica una tolerancia del 10%, por lo que la multa de primer nivel se impone a partir de los 56 km/h. En la nueva regulación, la multa de primer nivel en zonas residenciales también comienza a partir de los 56 km/h.
Actualmente, en la legislación vigente, se aplica una tolerancia del 10% al límite de velocidad de 90 km/h en carreteras de doble sentido fuera de zonas residenciales. En la nueva regulación, también se ha previsto una tolerancia de 10 km/h para la multa de velocidad de primer nivel en carreteras de doble sentido fuera de zonas residenciales.
En conclusión, la aplicación de tolerancia para el PRIMER EXCESO de velocidad, de 5 km/h dentro de zonas residenciales y de 10 km/h fuera de zonas residenciales, CONTINÚA VIGENTE.
Se comunica respetuosamente a la opinión pública.