Ajuste en los salarios de los funcionarios destinados en el extranjero

El Decreto Presidencial sobre la modificación de la decisión relativa a los salarios que se pagarán a los funcionarios que se encuentran en el extranjero en misión permanente ha sido publicado en la edición extraordinaria del Boletín Oficial.

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Con la nueva decisión, se han introducido nuevos principios para el método de cálculo de los pagos que se transferirán sin aplicar el coeficiente de referencia.

De acuerdo con esto, se obtendrá un importe multiplicando los indicadores de indicador adicional, salario base de la función pública, salario por antigüedad y compensación por idioma extranjero por los coeficientes nacionales.

De este importe resultante, se deducirán todas las retenciones legales, teniendo en cuenta también los importes de exención salarial calculados de conformidad con los artículos pertinentes de las leyes del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Tras las deducciones, se determinará el importe neto que se pagará al funcionario.

Actualización de los grupos de países y las tablas de referencia

En el marco de la regulación, también se han revisado los grupos de países y las tablas de referencia que sirven de base para determinar los salarios en el extranjero.

La decisión publicada en el Boletín Oficial ha entrado en vigor a partir del primer día del mes siguiente a su publicación.