Aprobada en la Gran Asamblea Nacional de Turquía la propuesta de ley sobre la Academia de Justicia de Turquía

La propuesta de ley relativa a la Academia de Justicia de Turquía fue debatida en la Asamblea General de la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) y aprobada al finalizar las deliberaciones. Votaron 325 diputados: 239 votaron a favor y 86 en contra.

İHA

Según la propuesta, se crearán unidades de educación, formación, investigación y aplicación en la Academia de Justicia de acuerdo con las áreas de especialización. La Academia preparará y ejecutará planes de formación dirigidos a jueces y fiscales, así como a sus asistentes. Asimismo, preparará programas de formación para notarios y abogados que lo soliciten, así como para otras personas cuya participación en los servicios de educación y formación se considere adecuada.

La Academia de Justicia de Turquía organizará programas de especialización y certificación, así como cursos, seminarios, simposios, conferencias y eventos similares sobre temas relacionados con el ámbito del derecho y la justicia, y establecerá un banco de datos y una biblioteca.

Se definen las funciones de la Presidencia de la Academia. La Presidencia preparará el plan de estudios, los borradores de los planes estratégicos y de formación anuales, así como el informe anual de actividades. La Presidencia, que presentará propuestas al Consejo de Educación para determinar los estándares destinados a garantizar que las actividades de educación y formación se lleven a cabo de manera eficaz, eficiente y uniforme, y que preparará los materiales didácticos, gestionará los procesos de nombramiento, traslado, asignación y asuntos de personal de quienes trabajen en la academia.

El Presidente de la Academia dirigirá y representará a la institución, garantizará su funcionamiento regular y eficiente, y tomará las medidas necesarias al respecto. Los jefes de departamento serán nombrados por el Ministro de Justicia de entre los jueces y fiscales de primera categoría que no hayan perdido las cualidades requeridas para dicha categoría, y desempeñarán sus funciones de acuerdo con la división de trabajo establecida por el Presidente de la Academia.

Habrá un Consejo de Educación compuesto por 18 personas. El Consejo de Educación se reunirá con la mayoría absoluta del número total de sus miembros y tomará decisiones por mayoría absoluta del número total de miembros. El Consejo de Educación aprobará el plan de estudios y los borradores de los planes de formación anuales.

El Consejo de Educación, que determinará los estándares para la ejecución eficaz, eficiente y uniforme de las actividades de educación y formación, aprobará el plan estratégico de la Academia y realizará su seguimiento, además de ofrecer opiniones y sugerencias sobre la legislación de la Academia.

La Academia podrá organizar programas de especialización y certificación para jueces y fiscales, así como programas de certificación para abogados, notarios y personas que trabajen en el ámbito del derecho y la justicia.