Aumenta la tasa del IVA

El IVA en restaurantes y cafeterías, que era del 8%, se ha elevado al 10%, y el que era del 18% ha subido al 20%. El comunicado ha sido publicado en el Boletín Oficial.

İHA

Según la decisión publicada en el Boletín Oficial, la tasa del IVA aplicable a los establecimientos que venden alimentos y bebidas ha aumentado del 8% al 10%, y la tasa del 18% se ha elevado al 20%.

Con esta regulación, se evitará que los restaurantes facturen sus servicios con un IVA del 1% en lugar del 10%, presentándolos como venta de productos alimenticios como carne, agua o zumos.

ENTRÓ EN VIGOR

Los establecimientos que prestan servicios, como restaurantes, cafeterías y pastelerías, calcularán un IVA del 10% tanto para los alimentos y bebidas que ellos mismos preparan y sirven, como para los productos que adquieren de terceros y venden en sus locales. Todas las ventas realizadas por estos negocios mediante pedidos telefónicos o por internet para entrega a domicilio, así como las ventas para llevar, también serán evaluadas bajo el mismo alcance.

Las ventas realizadas en lugares que, aunque no cuenten con una licencia comercial para servicios de alimentación y bebidas, ofrecen estos servicios a sus clientes en áreas donde se puede servir, como mesas, asientos o mostradores, también estarán incluidas en este ámbito. La decisión ha entrado en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial.