Cambia el plazo permitido para vehículos con matrícula extranjera
Se permitirá que los vehículos con matrícula extranjera traídos temporalmente a Turquía por ciudadanos jubilados en el extranjero permanezcan en el país durante 4 años ininterrumpidos.
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Mediante una Decisión Presidencial, los vehículos con matrícula extranjera que los ciudadanos jubilados en el extranjero traigan temporalmente a Turquía podrán permanecer en el país durante 4 años ininterrumpidos. La Decisión Presidencial al respecto ha sido publicada en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor.
Con la regulación realizada, se ha brindado la posibilidad de otorgar un nuevo plazo de hasta 730 días a los ciudadanos jubilados en el extranjero que residen fuera del Territorio Aduanero de Turquía, así como a los extranjeros jubilados que han obtenido un permiso de residencia en Turquía, previa solicitud antes de que finalicen los plazos otorgados a sus vehículos, sin necesidad de que la persona y el vehículo salgan al extranjero.
De esta manera, se ha hecho posible que los vehículos con matrícula extranjera traídos temporalmente a Turquía por ciudadanos jubilados en el extranjero permanezcan en el país durante 4 años ininterrumpidos.
Además, los ciudadanos que, aprovechando este derecho, saquen sus vehículos al extranjero después de haberlos mantenido en Turquía durante 4 años, podrán volver a traer un vehículo por un periodo de 4 años bajo este mismo marco, siempre que permanezcan fuera del país con sus vehículos durante al menos 185 días.
Las personas provenientes del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte también podrán beneficiarse del plazo de un mes concedido a las personas residentes en la Unión Europea y en la Asociación Europea de Libre Comercio que deseen ingresar a Turquía con sus vehículos sin cumplir con los requisitos necesarios.