Cambio que afecta a todos los dueños de gatos y perros: publicado en el Boletín Oficial

Se ha realizado una modificación en el reglamento relativo a la identificación de gatos, perros y hurones. El cambio realizado ha sido publicado en el Boletín Oficial.

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La modificación realizada en el reglamento sobre la identificación de gatos, perros y hurones ha sido publicada en el Boletín Oficial. En el reglamento, el término "refugio" ha sido sustituido por "centro de cuidado animal". Este cambio se realizó de acuerdo con la entrada en vigor de la ley de bienestar animal, que establece que los "refugios" deben ser denominados por las administraciones locales como "centros de cuidado animal". 

Según la modificación del reglamento, la administración local será la autoridad competente, encargada y responsable de que los gatos y perros adoptados en centros de cuidado animal por personas físicas o jurídicas y por hogares de acogida privados sean registrados en el sistema de registro del Ministerio por un veterinario responsable, y de que se cree el pasaporte del animal. 

El hogar de acogida privado será responsable de notificar a la dirección provincial/distrital, dentro del plazo establecido, la muerte o pérdida de los animales de compañía que hayan adoptado de los centros de cuidado animal.

De acuerdo con esto, todos los dueños de gatos y perros deberán identificar y registrar a sus animales de cualquier edad a más tardar el 31 de diciembre de 2025. Antes de esta modificación, el proceso de implantación de microchips había finalizado en 2022.

El propietario de un hogar de acogida privado será responsable de todos los inconvenientes y errores que surjan debido al incumplimiento de las obligaciones establecidas en el reglamento, así como por las declaraciones incompletas o erróneas que haya proporcionado. 

Los propietarios de hogares de acogida privados son responsables de todo tipo de cuidado y alimentación de los animales de compañía, no podrán abandonar a los animales, no podrán darlos en adopción y no podrán albergar más animales de compañía de los permitidos en la capacidad autorizada por el Ministerio en el hogar de acogida privado.

El microchip se aplicará bajo la piel entre las dos escápulas o en la parte izquierda del cuello cerca de la oreja; en razas con predisposición genética a enfermedades de la columna vertebral, también se aplicará bajo la piel en la pata trasera derecha, la pata trasera izquierda o en la zona del esternón. 

En caso de que los animales sin dueño sean entregados por los centros de cuidado animal a personas físicas o jurídicas y a hogares de acogida privados, se deberá cumplimentar un formulario de adquisición de animales sin dueño sobre estos animales, y el veterinario autorizado de la administración local deberá emitir un nuevo pasaporte y registrarlo en la base de datos en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de adopción.

Cuando sea necesario, el Ministerio podrá solicitar información y documentos adicionales al dueño del animal de compañía. 

En caso de muerte de un animal de compañía registrado, el dueño deberá notificar la situación a la dirección provincial/distrital o a las instituciones/organizaciones, personas físicas o jurídicas autorizadas por el Ministerio en un plazo de 30 días; en caso de pérdida, en un plazo de 7 días.

La situación del animal de compañía será registrada en la base de datos por el veterinario autorizado o por el técnico/tecnólogo de salud veterinaria que trabaje en la dirección provincial/distrital. 

Todos los dueños de gatos y perros deberán presentar una declaración ante la dirección provincial/distrital o ante las instituciones/organizaciones, personas físicas o jurídicas autorizadas por el Ministerio, para identificar y registrar a sus animales de cualquier edad a más tardar el 31 de diciembre de 2025.