Decisión que afecta a los trabajadores: El control de entrada y salida mediante huella dactilar fue declarado ilegal

Se ha tomado una decisión importante para millones de trabajadores en el marco de la protección de datos personales; el seguimiento de la jornada laboral mediante datos biométricos como la huella dactilar y el reconocimiento facial ya no será posible en los lugares de trabajo.

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La Junta de Protección de Datos Personales (KVKK) ha publicado una nueva decisión de principios que pone en tela de juicio las prácticas de seguimiento de las horas de entrada y salida de los empleados mediante datos biométricos en los lugares de trabajo. Se ha regulado el uso de tecnologías cada vez más comunes, como la huella dactilar, el reconocimiento facial, el escaneo de retina y de iris, y se ha determinado que estos métodos son ilegales para el seguimiento del personal.

En la evaluación de la Junta, los datos biométricos se definen como “datos personales de categoría especial” y se señala que el tratamiento de esta información conlleva riesgos irreversibles. Se enfatizó que, para el uso de dichos datos, no basta con tener una base legal, sino que también deben observarse los principios de necesidad, minimización de datos y proporcionalidad.

Aunque los empleadores están obligados a realizar un seguimiento de las horas de trabajo de sus empleados, la declaración de la KVKK indica que no existe ninguna disposición explícita en la Ley Laboral que exija que este seguimiento se realice necesariamente mediante métodos biométricos. Por esta razón, el control de la jornada laboral por parte del empleador mediante métodos biométricos no se consideró legalmente adecuado.

Además, se señaló que, debido al desequilibrio de poder entre el trabajador y el empleador, el consentimiento explícito obtenido de los empleados es un tema controvertido en cuanto a si realmente se basa en la “libre voluntad”. En el texto de la decisión también se destacó que las posibles consecuencias que podría enfrentar el trabajador en caso de no dar su consentimiento o retirarlo podrían afectar negativamente la validez de dicho consentimiento.

Como alternativa, se recordó que se pueden preferir métodos menos intrusivos para el seguimiento de entradas y salidas, como tarjetas magnéticas o RFID, tarjetas con contraseña, códigos PIN, hojas de firmas o registros realizados a través de supervisores. La KVKK concluyó que los sistemas biométricos no pueden ser obligatorios, señalando que estas opciones son más conformes con los principios de proporcionalidad y necesidad.

La decisión también establece que los responsables del tratamiento de datos, es decir, los empleadores, están obligados a tomar medidas tanto técnicas como administrativas para garantizar que los datos personales se procesen de manera correcta y conforme a la ley. Se anunció que la decisión de principios adoptada ha sido publicada en el Boletín Oficial y en el sitio web de la institución.

Con esta nueva regulación, se ha cerrado en gran medida el camino al uso de datos biométricos en los lugares de trabajo con el fin de proteger la privacidad de los empleados.