Decisión sobre la 'lista de precios' para restaurantes, cafeterías y pastelerías
Según el reglamento publicado en el Boletín Oficial, a partir del 1 de enero será obligatorio colocar listas de precios en las entradas y en las mesas de restaurantes, cafeterías y pastelerías.
12punto
El Ministerio de Comercio ha emitido una regulación sobre las listas de precios. Según la decisión publicada en el Boletín Oficial, los establecimientos estarán obligados a exhibir la lista de precios en el lugar de trabajo, de acuerdo con la naturaleza del servicio y la forma en que se ofrece al consumidor.
Los restaurantes, cafeterías y establecimientos similares que ofrecen servicios de comida y bebida colocarán sus listas de precios en las entradas y sobre las mesas.
La aplicación comenzará el 1 de enero de 2024.
En la decisión se incluyeron las siguientes declaraciones:
"Del Ministerio de Comercio:
REGLAMENTO SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL
REGLAMENTO DE ETIQUETADO DE PRECIOS
ARTÍCULO 1- El primer párrafo del artículo 8 del Reglamento de Etiquetado de Precios, publicado en el Boletín Oficial con fecha 28/6/2014 y número 29044, ha sido modificado de la siguiente manera.
“(1) Según la naturaleza de los servicios y la forma en que se presentan al consumidor, los documentos, placas, paneles y similares relacionados con las tarifas y listas de precios se colgarán, fijarán o colocarán en el lugar de trabajo donde se presta el servicio, de manera que sean fácilmente visibles y legibles para los consumidores; además, en el caso de restaurantes, cafeterías, pastelerías y establecimientos similares que ofrecen servicios de comida y bebida, se colocarán frente a la puerta de entrada del establecimiento y sobre las mesas donde se presta el servicio.”
ARTÍCULO 2- Este Reglamento entra en vigor el 1/1/2024.
ARTÍCULO 3- Las disposiciones de este Reglamento son ejecutadas por el Ministro de Comercio."
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