Declaración del Colegio de Abogados de Estambul sobre el califato: "Contrario al orden jurídico laico"
En un comunicado emitido por el Colegio de Abogados de Estambul, se señaló: "Ejemplos como la apertura de edificios judiciales a la educación y formación religiosa, el hecho de que las fundaciones y asociaciones con las que colabora el Ministerio de Educación Nacional estén dentro de estructuras de órdenes religiosas (tarikats), o que dichas órdenes operen bajo nombres como fundaciones o asociaciones, son contrarios al orden jurídico laico establecido en la Constitución. El Colegio de Abogados de Estambul está tomando las medidas legales necesarias al respecto".
12punto
El Colegio de Abogados de Estambul emitió un comunicado a través de su cuenta de redes sociales. En la declaración, que llama la atención sobre los juzgados y las fundaciones de órdenes religiosas con las que colabora el Ministerio de Educación Nacional (MEB), se utilizaron las siguientes expresiones:
Según el artículo 2 de la Constitución, la República de Turquía es un Estado de derecho democrático, laico y social.
Según el artículo 14/1 de la Constitución, ninguno de los derechos y libertades contenidos en la Constitución puede utilizarse en forma de actividades destinadas a eliminar la República democrática y laica.
"LA CONSTITUCIÓN ESTÁ VIGENTE"
Según el artículo 24 de la Constitución, nadie puede explotar la religión con el fin de basar, aunque sea parcialmente, el orden fundamental social, económico, político o jurídico del Estado en preceptos religiosos, ni para obtener beneficios políticos o personales. ¡La Constitución de la República de Turquía está vigente!
Asimismo, el califato fue abolido con la Ley de la Revolución del 3 de marzo de 1924, número 431.
El gran líder Atatürk hizo declaraciones sobre la abolición del califato en su Nutuk (Discurso) y concluyó diciendo lo siguiente:
“Señores, debo decir clara y rotundamente que aquellos que todavía se esfuerzan por ocupar y engañar a los musulmanes con un espantapájaros de califa, son única y exclusivamente enemigos de los musulmanes y, especialmente, de Turquía. Dejarse llevar por tal juego y albergar ilusiones solo puede ser producto de la ignorancia y la negligencia”.
¡La Ley de la Revolución del 3 de marzo de 1924, número 431, que es uno de los logros más importantes de nuestra República laica, también está vigente!
"HEMOS TOMADO MEDIDAS LEGALES"
A pesar de que la Constitución y las leyes revolucionarias están vigentes, ejemplos recientes como la apertura de edificios judiciales a la educación y formación religiosa, el hecho de que las fundaciones y asociaciones con las que colabora el Ministerio de Educación Nacional estén dentro de estructuras de órdenes religiosas, o que dichas órdenes operen bajo nombres como fundaciones o asociaciones, son contrarios al orden jurídico laico establecido en la Constitución.
El Colegio de Abogados de Estambul está tomando las medidas legales necesarias al respecto.
Recientemente en nuestro país, se han coreado consignas a favor del califato bajo el pretexto de marchas de apoyo a Palestina, se han desplegado pancartas y banderas verdes, y no se ha tomado ninguna acción legal al respecto.
Es necesario tomar medidas cuanto antes contra las personas que provocan haciendo llamamientos al califato en las plazas y a través de las redes sociales.
Actuando con la conciencia de que la primera tarea que nos encomendó el gran líder Atatürk es proteger y defender nuestra independencia nacional y nuestra República laica, ¡el Colegio de Abogados de Estambul nunca renunciará a su lucha por defender la República laica y sus logros!