Declaración del ministro de Justicia, Tunç, sobre los nombramientos derivados de los decretos presidenciales
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, declaró: "Las interpretaciones que sugieren que los nombramientos y otras facultades derivadas de los decretos presidenciales son inválidos o nulos en su esencia son falsas".
İHA
El ministro de Justicia, Yılmaz Tunç, informó que las interpretaciones que sugieren que los nombramientos y otras facultades derivadas de la Constitución, las leyes y los decretos presidenciales son inválidos o nulos en su esencia no son ciertas.
En una publicación en su cuenta de redes sociales, el ministro Tunç expresó que, con el fin de garantizar la armonización con las enmiendas constitucionales realizadas mediante la Ley n.º 6771 del 21 de enero de 2017, se otorgó al Consejo de Ministros la autoridad para emitir Decretos con Fuerza de Ley (KHK) mediante la Ley de Autorización n.º 7142 del 10 de mayo de 2018.
El ministro Tunç, al señalar que el marco de la Ley de Autorización n.º 7142 se diseñó completamente en torno a la armonización con la enmienda constitucional, declaró lo siguiente:
"El Decreto con Fuerza de Ley (KHK) n.º 703, preparado sobre la base de dicha Ley de Autorización, fue publicado en el Boletín Oficial el 9 de julio de 2018, fecha en la que entró en vigor el nuevo sistema de gobierno.
El Tribunal Constitucional resolvió la solicitud presentada para la anulación del KHK n.º 703, dictó sentencias de anulación sobre algunas disposiciones y rechazó la solicitud de anulación de la totalidad del decreto. El Tribunal Constitucional evaluó las disposiciones que anuló desde una perspectiva formal, llegó a la conclusión de que estas debían realizarse mediante ley y otorgó al legislador un plazo de 12 meses para tomar las medidas necesarias".
Tunç señaló que, conforme al artículo 104 de la Constitución, la tarea de nombrar a los altos funcionarios públicos corresponde al Presidente y que los procedimientos y principios relativos a dichos nombramientos están regulados por decreto presidencial.
Al enfatizar que el Decreto Presidencial sobre los Procedimientos de Nombramiento de Altos Funcionarios Públicos y en Instituciones y Organizaciones Públicas sigue vigente, Tunç afirmó: "Siendo este el caso, las interpretaciones que circulan en diversos medios, según las cuales las facultades de nombramiento y otras competencias del Sr. Presidente derivadas de la Constitución, las leyes y los decretos presidenciales en el marco del nuevo sistema de gobierno son inválidas o nulas en su esencia, son falsas".