El derecho al trabajo a tiempo parcial para funcionarios públicos, publicado en el Boletín Oficial

El Reglamento sobre el Ejercicio del Derecho al Trabajo a Tiempo Parcial de los Funcionarios Públicos ha sido publicado en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor.

İHA

El "Reglamento sobre el Ejercicio del Derecho al Trabajo a Tiempo Parcial de los Funcionarios Públicos", preparado en el marco del artículo añadido a la Ley de Funcionarios Públicos n.º 657, ha sido publicado en el Boletín Oficial del 18 de julio de 2025, con número 32959, y ha entrado en vigor. La decisión fue publicada con la firma del presidente Recep Tayyip Erdoğan.

Según el reglamento, en caso de nacimiento o adopción, los funcionarios públicos podrán trabajar la mitad de la jornada laboral semanal hasta que el niño comience la educación primaria. Durante este proceso, se mantendrán el cargo y el título del funcionario, y su salario se pagará de forma proporcional al tiempo trabajado.

Las solicitudes relativas al trabajo a tiempo parcial se realizarán por escrito ante las instituciones. Las instituciones resolverán la solicitud en un plazo máximo de un mes. En caso de que se acepte la solicitud, el funcionario que pase a trabajar a tiempo parcial podrá disfrutar de este derecho hasta que el niño comience la escuela primaria. Sin embargo, quienes se acojan a este derecho no podrán volver a beneficiarse del mismo si regresan al trabajo a tiempo completo por el mismo hijo. La jornada laboral semanal no podrá ser inferior a 3 días. El funcionario no podrá trabajar menos de 3 horas ni más de 8 horas al día. El superior jerárquico podrá realizar cambios en los días y horas de trabajo dos veces al año, en enero y julio, según las necesidades del servicio o la solicitud del funcionario.

Los funcionarios que ocupen cargos de director de sucursal o superiores, así como los funcionarios que presten servicios en organizaciones en el extranjero, no podrán beneficiarse del derecho al trabajo a tiempo parcial.

Durante el periodo de trabajo a tiempo parcial, se mantendrán intactos el estatus del cargo, el título y el grado-nivel del funcionario público. No obstante, durante este proceso, el salario, las cotizaciones a la jubilación y las prestaciones sociales se calcularán en función del tiempo trabajado. Asimismo, las prácticas relativas a ascensos, formación interna y otros derechos laborales similares se determinarán teniendo en cuenta el tiempo trabajado.