Desarrollo crítico en la aplicación de fideicomisarios en municipios: Se ha dictado sentencia en el caso
Se ha dictado una resolución en el caso presentado ante el 9.º Tribunal Administrativo de Estambul para la anulación de la "suspensión del cargo" del alcalde de Esenyurt, el Prof. Dr. Ahmet Özer, y el "nombramiento de un fideicomisario para el municipio".
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El Tribunal Administrativo, al considerar seria la alegación de que el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley de Municipios es inconstitucional, ha decidido presentar una "solicitud de control concreto de normas" ante el Tribunal Constitucional.
El constitucionalista Prof. Dr. Tolga Şirin, quien anunció la decisión, declaró: "A petición del Partido Republicano del Pueblo (CHP), redacté un dictamen pericial sobre la inconstitucionalidad de los artículos 45/2 y 46 de la Ley de Municipios n.º 5393.
El 9.º Tribunal Administrativo de Estambul ha tomado una decisión de control concreto de normas en línea con nuestro dictamen pericial. El Tribunal Constitucional debería anular las disposiciones pertinentes como resultado de su revisión.
Esta noticia es el presagio de una solución radical para todos los nombramientos de fideicomisarios", afirmó.
"LA BASE DE LAS DECISIONES DE FIDEICOMISARIOS TAMBIÉN DESAPARECERÁ"
Hüseyin Ersöz, uno de los abogados de Özer, también señaló lo siguiente en su declaración sobre el desarrollo en cuestión:
"Se ha dictado sentencia en el caso que presentamos ante el 9.º Tribunal Administrativo de Estambul para la anulación de la "suspensión del cargo" del alcalde de Esenyurt, el Prof. Dr. Ahmet Özer, y el "nombramiento de un fideicomisario para el municipio".
El Tribunal Administrativo, al considerar seria nuestra alegación de que el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley de Municipios es inconstitucional, ha decidido presentar una "solicitud de control concreto de normas" ante el Tribunal Constitucional.
Esta decisión, "aunque no significa la anulación de la decisión de nombramiento del fideicomisario", ha generado un resultado que permitirá examinar la inconstitucionalidad del artículo de la Ley en el que se basa la decisión de nombramiento del fideicomisario.
Si en el control concreto de normas que realizará el Tribunal Constitucional se determina la inconstitucionalidad y se anula el artículo 46/2 de la Ley de Municipios, la base de las controvertidas decisiones de fideicomisarios también desaparecerá por completo.
La decisión que tome el Tribunal Constitucional es importante no solo para nuestra democracia, sino también en términos del derecho a elegir y ser elegido, así como para la separación entre el gobierno central y el local..."