¡Detalle impactante sobre el perito mencionado por İmamoğlu! Su abogado declaró: 'Es contrario al artículo 63 de la CMK'
Se ha alegado que el perito cuyo nombre fue revelado públicamente por el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Estambul (İBB), Ekrem İmamoğlu, no figura en los registros de los colegios profesionales. El abogado de İmamoğlu, Mehmet Pehlivan, afirmó: 'Asignar un expediente a S.B. es contrario al artículo 63 de la CMK (Ley de Procedimiento Penal)'
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El alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Estambul (İBB), Ekrem İmamoğlu, reveló el nombre del perito asignado en las investigaciones contra él y los municipios del CHP, y relató sus antecedentes. El perito, de quien İmamoğlu dijo: “Siempre nombran a la misma persona y emite decisiones en contra”, se convirtió en el centro de la agenda, provocando además la apertura de una investigación contra İmamoğlu y los periodistas.
Según el informe de Cumhuriyet, ha salido a la luz un hecho sorprendente sobre el perito cuyo nombre reveló İmamoğlu.
Los datos de la Unión de Cámaras de Contadores Públicos y Auditores Certificados de Turquía (TÜRMOB) revelaron que S.B. no tiene registro ni licencia. El abogado de İmamoğlu, Mehmet Pehlivan, declaró: “Surge la acusación de que los jueces y fiscales que asignaron a esta persona han incurrido en incumplimiento de sus deberes”. Pehlivan señaló que S.B. tampoco cumplió con sus obligaciones y mencionó que no figura en los colegios profesionales pertinentes.
Pehlivan dijo: “Según la información que obtuvimos de fuentes abiertas, esta persona no tiene el título de auditor independiente. También se puede acceder desde fuentes abiertas a que no está registrado en TÜRMOB. Además, hemos obtenido información de que se presentó al examen SGS y no lo aprobó. Al observar la lista de la Junta Regional de Peritos, las especialidades de dicha persona se enumeran en cuatro puntos. Primero, contabilidad general; segundo, contabilidad de empresas comerciales y sociedades; tercero, contabilidad de gestión; y cuarto, cálculos calificados derivados de la legislación de contratación pública. Cuando miramos, esta persona no tiene un certificado de competencia contable. Si esta persona fuera a realizar una auditoría relacionada con la legislación de contratación pública en condiciones normales, debería tener el código de especialidad de auditoría 4306. Sin embargo, no posee este código”.
‘EL PODER JUDICIAL SERÍA RESPONSABLE’
Recordando la responsabilidad de los miembros del poder judicial en este caso, Pehlivan señaló lo siguiente:
“Si se le entregó un expediente fuera de su especialidad, debería haberlo devuelto. Si, por el contrario, redactó un informe y se excedió de su especialidad, se puede evaluar que cometió un delito. Se configura el delito de asunción indebida de una función pública y abuso de autoridad.”
Pehlivan continuó sus palabras de la siguiente manera:
“Que los jueces y fiscales entreguen expedientes a S.B. a pesar de no tener la especialidad es contrario al artículo 63 de la CMK. Cuando llega el informe, el perito debe informar a la junta regional si se ha excedido de su especialidad. Si informaron o no de esto es una incógnita. S.B., por su parte, no debería aceptar expedientes en temas para los que no está autorizado; si los aceptó, debería haberlos devuelto. Sin embargo, él acepta el expediente, no lo notifica y prepara un informe.”