Determinadas las tarifas de servicios para 2025 en las instalaciones sociales públicas: guarderías, centros de cuidado infantil e instalaciones deportivas
Se han dado a conocer las tarifas mínimas que deberán pagar en 2025 quienes deseen utilizar las instalaciones sociales pertenecientes al sector público.
AA
El Comunicado sobre Instalaciones Sociales Públicas, preparado por el Ministerio de Hacienda y Tesoro, ha sido publicado en la quinta edición extraordinaria del Boletín Oficial.
Mediante este comunicado, se han determinado los procedimientos y principios que deberán seguirse para la fijación de las tarifas de alimentación, alojamiento y otros servicios, así como para el uso de los ingresos obtenidos por parte de quienes utilicen, con fines de descanso u otros propósitos, las instalaciones de educación, descanso, casas de huéspedes, guarderías, centros de cuidado infantil, instalaciones deportivas y otras instalaciones sociales y de apoyo bajo la administración de las administraciones públicas dentro del ámbito de la gestión central, organizaciones con capital rotatorio, empresas económicas públicas, bancos públicos y otras instituciones y organizaciones públicas.
De acuerdo con esto, el personal de las instituciones que utilice las instalaciones de educación y descanso operadas por instituciones y organizaciones públicas pagará, según las características de la instalación, una tarifa diaria de alimentación por persona de 191 liras, 160 liras o 125 liras.
La tarifa de alojamiento se ha fijado en 73 liras, 66 liras o 58 liras, dependiendo de dichas características. Las tarifas de alojamiento acordadas serán de 96 o 86 liras durante el periodo del 1 de julio al 15 de agosto.
En las viviendas o unidades independientes que cuenten con refrigerador y televisión, se cobrará una tarifa adicional diaria de al menos 32 liras por cada característica por vivienda, y de al menos 46 liras diarias en aquellas que cuenten con aire acondicionado.
El personal de la institución que utilice las casas de huéspedes pagará al menos 96 liras por persona por cada noche.
La tarifa de alojamiento que se cobrará al personal público en misión temporal que utilice estas instalaciones no podrá exceder, durante los primeros 10 días de la misión temporal, la totalidad del importe de sus dietas con un incremento del 60%, y para los días posteriores, la mitad de sus dietas sin incremento; en el caso de los inspectores en misión temporal, la tarifa de alojamiento no podrá exceder la totalidad del importe de sus dietas nacionales con un incremento del 75%.
TARIFAS DE GUARDERÍAS Y CENTROS DE CUIDADO INFANTIL
Se ha fijado una tarifa mínima de cuidado mensual de 1416 liras por cada hijo de los funcionarios públicos y otro personal público que sean admitidos en las guarderías y centros de cuidado infantil pertenecientes a instituciones y organizaciones públicas.
En los casos en que las tarifas mensuales mínimas determinadas no sean suficientes para cubrir los servicios de guardería y cuidado infantil, las instituciones y organizaciones han sido facultadas para fijar tarifas superiores a la establecida.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
A quienes utilicen cualquier tipo de salones y campos de fútbol, baloncesto, voleibol, pistas de tenis, piscinas, lugares donde se practiquen deportes acuáticos y de invierno, u otras instalaciones deportivas, incluido el personal de la institución, se les cobrará, por cada hora de uso, al menos 66 liras por persona si los equipos y materiales deportivos son proporcionados por los usuarios, y al menos 96 liras por persona si los equipos y materiales deportivos son proporcionados por la instalación.
La tarifa por el uso de baños turcos, saunas y balnearios se ha fijado en al menos 118 liras por persona por cada hora de uso.
El comunicado entrará en vigor el 1 de enero.