El DMM lo explica: ¡Esa publicación fue el motivo del bloqueo de acceso a Ekrem İmamoğlu!

El Centro de Lucha contra la Desinformación (DMM) ha explicado el motivo del bloqueo de acceso impuesto a la cuenta de X del alcalde de Estambul, Ekrem İmamoğlu, quien se encuentra detenido en la prisión de Silivri.

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Se ha explicado el motivo del bloqueo de acceso impuesto a la cuenta de redes sociales del detenido Ekrem İmamoğlu. Según el DMM, se alegó que "la publicación contenía elementos de incitación a cometer delitos".

La cuenta de X de Ekrem İmamoğlu, candidato presidencial del CHP y alcalde de Estambul, quien fue detenido el 23 de marzo bajo acusaciones de corrupción y enviado a la prisión de Silivri, ha sido objeto de un bloqueo de acceso.

La censura aplicada a İmamoğlu provocó una ola de reacciones, y numerosos usuarios y figuras del CHP cambiaron sus fotos de perfil por la de Ekrem İmamoğlu.

El Centro de Lucha contra la Desinformación (DMM), dependiente de la Dirección de Comunicaciones de la Presidencia, emitió un comunicado sobre el bloqueo de acceso impuesto a la cuenta de X de İmamoğlu.

El DMM informó que dicha censura se aplicó tras una evaluación realizada por la Fiscalía General de Estambul y una orden judicial.

En el comunicado, se indicó que se inició una investigación de oficio debido a que una publicación realizada por İmamoğlu en su cuenta de X el 24 de abril de 2025 podría entrar en el ámbito de la "incitación pública a cometer delitos", de acuerdo con el artículo 214 del Código Penal Turco.

El 8º Juzgado de Paz Penal de Estambul dictó una orden de bloqueo de acceso para toda la cuenta, argumentando que técnicamente no era posible aplicar un bloqueo de acceso basado únicamente en el contenido. Se informó que la decisión fue comunicada a la BTK y a la Asociación de Proveedores de Acceso (ESB) en el marco de la Ley de Internet número 5651, y que debía ejecutarse en un plazo de 4 horas.

La plataforma X también restringió el acceso a la cuenta de Ekrem İmamoğlu en línea con esta decisión.

El motivo del DMM se explicó de la siguiente manera:

"Se ha iniciado una investigación de oficio por parte de la Fiscalía General de Estambul, al considerar que la publicación realizada el 24 de abril de 2025 desde la cuenta de X del detenido Ekrem İmamoğlu, con el enlace https://x.com/ekrem_imamoglu?s=21…, podría constituir el delito de incitación pública a cometer delitos, regulado en el artículo 214 del Código Penal Turco. Debido a que el sospechoso Ekrem İmamoğlu, quien se encuentra detenido en el marco de otra investigación llevada a cabo por la Fiscalía General de Estambul, no realiza personalmente las publicaciones en su cuenta de X y estas dañan el orden público; se solicitó que se dicte una decisión de acuerdo con el artículo 8/A de la Ley número 5651 sobre la Regulación de las Publicaciones Realizadas en el Entorno de Internet y la Lucha contra los Delitos Cometidos a través de dichas Publicaciones, en conjunción con el artículo 8/2 de la misma ley, para bloquear el acceso a la cuenta de X (como medida cautelar) hasta que finalice su detención, y que la decisión sea enviada tanto a la Autoridad de Tecnologías de la Información y la Comunicación (BTK) como a la Asociación de Proveedores de Acceso (ESB)". La solicitud fue examinada por el 8º Juzgado de Paz Penal de Estambul; en el examen realizado, considerando que técnicamente no sería posible bloquear el acceso a la infracción en cuestión sin dictar una orden de bloqueo de acceso para toda la cuenta, se decidió bloquear el acceso a la cuenta de X perteneciente al sospechoso Ekrem İmamoğlu de conformidad con los párrafos 1 y 3 del artículo 8/A de la Ley número 5651. De conformidad con la solicitud de la Fiscalía General de Estambul de fecha 24 de abril de 2025 y el párrafo 3 del artículo 8/A de la Ley número 5651, se ha decidido bloquear el acceso a la cuenta de X de İmamoğlu, enviar una copia de la decisión a la BTK y a la ESB para su ejecución de conformidad con el párrafo 1 del artículo 8/A de la Ley 5651, que la decisión se cumpla de inmediato, a más tardar en 4 horas, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 8/A de la Ley 5651, y que existe la vía de apelación en un plazo de dos semanas, decisión tomada el 24.04.2025. Tras la decisión judicial del 24 de abril de 2025, la plataforma X ha bloqueado el acceso a la cuenta de X de Ekrem İmamoğlu."

Las publicaciones realizadas por İmamoğlu en dicha fecha son las siguientes: