El Tribunal Constitucional falla a favor de Özgür Özel en el caso contra Fuat Oktay por vulneración de derechos

El Tribunal Constitucional ha dictaminado que se vulneró la libertad de expresión de Özgür Özel, quien había sido condenado a pagar una indemnización a Fuat Oktay.

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El Tribunal Constitucional (AYM) ha dictaminado que se vulneró la libertad de expresión de Özgür Özel, líder del CHP, en el caso de daños morales por el que fue condenado debido a sus declaraciones sobre el entonces vicepresidente Fuat Oktay.

El Alto Tribunal ordenó el pago de una indemnización de 50 mil liras turcas a Özel y dispuso que el expediente sea remitido al 25º Juzgado de Primera Instancia de lo Civil de Ankara para que se celebre un nuevo juicio con el fin de eliminar las consecuencias de la vulneración.

¿QUÉ HABÍA SUCEDIDO?

El proceso judicial comenzó tras las declaraciones que Özel realizó sobre los cargos anteriores de Fuat Oktay durante las ruedas de prensa que ofreció en la Gran Asamblea Nacional de Turquía (TBMM) los días 14 y 15 de octubre de 2020. Özel había lanzado duras críticas recordando que Oktay fue miembro del consejo de administración de Türk Telekom y ocupó cargos directivos de alto nivel en YİMPAŞ Yozgat İhtiyaç Maddeleri Pazarlama ve Ticaret AŞ, empresa vinculada a YİMPAŞ Holding.

En su discurso, dirigiéndose a Oktay, Özel había expresado: “Cometieron un delito en YİMPAŞ. Por suerte para ustedes, llegaron al poder y se encubrió, se salvaron. Pero llegará el día en que se pedirán cuentas por ello. Cometieron un delito en Türk Telekom. Regalaron los impuestos de todos nosotros a la familia Hariri. Llegará el día en que se pedirán cuentas”.

Tras estas palabras, Fuat Oktay presentó una demanda por daños morales contra Özel por valor de 150 mil liras turcas. Como resultado del juicio, el Tribunal Regional de Justicia decidió que Özel debía pagar a Oktay una indemnización de 10 mil liras turcas. Por su parte, Özel presentó un recurso individual alegando que la decisión vulneraba su libertad de expresión.

AYM: NO SE ESTABLECIÓ UN EQUILIBRIO JUSTO

En su sentencia, el AYM señaló que las declaraciones de Özel se realizaron sobre un asunto de interés público y que, aunque las expresiones fueran duras e incómodas, debían evaluarse en el contexto del debate político.

En los fundamentos de la sentencia se registró lo siguiente:

"El recurrente ha realizado algunas alegaciones fácticas sobre un asunto de interés público acompañadas de expresiones que pueden considerarse sarcásticas, duras, exageradas e incluso molestas para el destinatario. Es evidente que también presentó algunas pruebas en su escrito de contestación. Sin embargo, el tribunal de primera instancia no las tomó en consideración, y la autoridad de apelación llegó a la conclusión de que las alegaciones no podían considerarse dentro del ámbito de la libertad de expresión. No obstante, un político es alguien que, al entrar en la arena política, acepta someter todas sus acciones en el ámbito público, incluidas las del pasado, a la observación y control de la ciudadanía.

De hecho, teniendo en cuenta que las autoridades judiciales no evaluaron las defensas del recurrente sobre la existencia de diversas alegaciones de que una empresa, en cuyo consejo de administración se entiende que estuvo el demandante, estuvo involucrada en actos de corrupción, y que existen noticias publicadas por diversos medios de comunicación al respecto, no parece posible aceptar que las declaraciones del recurrente constituyeran un ataque infundado, totalmente arbitrario y personal. Se ha evaluado que no se puede hablar de un equilibrio justo establecido entre la libertad de expresión del recurrente y el derecho a la protección del honor y la reputación del demandante. Por las razones expuestas, debe decidirse que se ha vulnerado la libertad de expresión garantizada en el artículo 26 de la Constitución."