El Tribunal Constitucional frena los poderes 'ilimitados' del TMSF y del Fondo de Riqueza

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y anulado algunas de las facultades del Fondo de Riqueza de Turquía y del TMSF.

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El Tribunal Constitucional (AYM), tras la solicitud presentada por el Partido Republicano del Pueblo (CHP), ha dictaminado que ciertas facultades del Fondo de Riqueza de Turquía y del Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro (TMSF) son contrarias a la Constitución. Esta decisión ha resultado en la anulación de varios artículos de las leyes que regulan las competencias de dichos fondos.

La decisión del AYM limita los amplios poderes del TMSF sobre las empresas en las que ha sido designado como administrador judicial, así como los privilegios del Fondo de Riqueza de Turquía. El tribunal ha otorgado al gobierno un plazo de 9 meses para adaptar estas normativas a la Constitución. Si no se promulga una nueva regulación legal dentro de este periodo, las empresas vinculadas al Fondo de Riqueza no podrán permanecer sin supervisión y quedarán sujetas a la legislación de las Empresas Económicas Estatales (KİT).