El YSK ha tomado una decisión: ¿Cómo será el 'iftar' durante las elecciones?
El Consejo Supremo Electoral (YSK) ha hecho declaraciones sobre el 'iftar' debido a que las Elecciones Generales de Administraciones Locales del 31 de marzo coinciden con el mes de Ramadán. El YSK, al explicar cuándo deben realizar el iftar los miembros de las mesas electorales, recordó la Ley sobre las Disposiciones Fundamentales de las Elecciones y los Censos Electorales.
12punto
En el escrito enviado por la Presidencia de la Junta Electoral del Distrito de Bahçe al Consejo Supremo Electoral (YSK), se indicó que las juntas electorales comenzarán las operaciones de conteo y escrutinio a partir de las 17:00 horas, pero que, en caso de romper el ayuno solo con agua durante el Ramadán, "no se podría realizar un conteo de votos saludable", por lo que se preguntó "si los miembros de la junta electoral podrían tomar un breve descanso a la hora del iftar".
El YSK, tras examinar el asunto, recordó que el primer párrafo del artículo 100 de la Ley N.º 298 sobre las Disposiciones Fundamentales de las Elecciones y los Censos Electorales, titulado "Apertura de sobres, conteo y escrutinio de votos", establece la disposición de que 'el conteo y escrutinio de los votos comienza de inmediato y se realiza de forma abierta e ininterrumpida'.
Señalando que la Circular N.º 138 del YSK sobre los Deberes y Poderes de las Juntas Electorales contiene una regulación en el mismo sentido, el consejo decidió por unanimidad que, por esta razón, "las operaciones de conteo y escrutinio de votos deben realizarse sin interrupción".