La reforma penal entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial
La reforma penal preparada por el AKP ha entrado en vigor tras ser publicada en el Boletín Oficial. Se espera la puesta en libertad de 19.800 reclusos.
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La reforma penal, publicada en una edición extraordinaria del Boletín Oficial con la firma del presidente del AKP y jefe de Estado, Erdoğan, ha entrado en vigor.
El décimo paquete judicial, que incluye la reforma penal que abre el camino a la liberación de más de 19.000 reclusos, fue publicado en el Boletín Oficial y entró en vigor tras ser aprobado en la Asamblea General del Parlamento, después de que se eliminaran 8 de sus artículos.
SE ABRE EL CAMINO A LA LIBERACIÓN DE MILES DE PERSONAS
Con la ley, las personas que hayan recibido penas acumuladas por cometer más de un delito también podrán beneficiarse de la libertad condicional.
De este modo, se abrirá el camino a la liberación de 19.800 personas.
Se podrá decidir que cumplan su condena en su domicilio aquellos reclusos que, debido a una enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos en las condiciones de un centro penitenciario y que sean considerados como personas que "no representan un peligro grave y concreto para la seguridad pública".
Sin embargo, las personas condenadas a cadena perpetua agravada no podrán beneficiarse de este derecho.
El juez de ejecución también podrá decidir que las mujeres que hayan dado a luz hace más de 6 meses y que hayan sido condenadas a penas de prisión de 5 años o menos cumplan su condena en su domicilio.
El derecho a la ejecución de la pena en el domicilio será de 1 a 3 años para mujeres, niños o personas mayores de 65 años.
Este plazo aumentará de 2 a 4 años para las personas mayores de 70 años, y de 4 a 5 años para las mayores de 75 años.
Para las personas mayores de 80 años, se permitirá decidir que cumplan en su domicilio penas de prisión de hasta 6 años.
Con la ley, el límite inferior de la pena de prisión por el delito de lesiones intencionadas aumenta de un año a un año y medio.
El límite inferior de la pena de prisión para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas se eleva de 3 a 6 meses.
Aquellos que reciban penas de prisión inferiores a dos años deberán ingresar obligatoriamente en prisión.
Esta pena será de al menos 5 días.
SE ELIMINARON 8 ARTÍCULOS
Ocho artículos de la propuesta de ley de 30 puntos, a los que se oponía la oposición, fueron retirados del texto mediante enmiendas presentadas en la Asamblea General.
Uno de ellos era el artículo que preveía penas de prisión de 1 a 5 años para quienes dispararan armas o utilizaran sustancias explosivas, incluidos aquellos que pudieran lanzar cartuchos de sonido y gas.
Otro era la regulación destinada a imponer penas de prisión de uno a 3 años a quien bloquee o detenga el vehículo de una persona.
La disposición que preveía incluir como circunstancia agravante el delito de poner en peligro deliberadamente la seguridad general cuando se cometa en lugares donde se encuentran personas de forma colectiva también se encuentra entre los artículos eliminados del texto.