Las prohibiciones electorales comienzan mañana

El calendario de las Elecciones Generales de Administraciones Locales, que se celebrarán el domingo 31 de marzo de 2024, anunciado por el Consejo Supremo Electoral (YSK), sigue su curso. Según este, la libertad de propaganda y las prohibiciones comienzan a partir de mañana.

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El Consejo Supremo Electoral (YSK) ha anunciado que el calendario de las Elecciones Generales de Administraciones Locales, que se celebrarán el domingo 31 de marzo de 2024, sigue su curso.

Según el calendario, mañana comenzarán la libertad de propaganda y algunas prohibiciones electorales. La libertad de propaganda finalizará el sábado 30 de marzo a las 18:00 horas, mientras que las prohibiciones electorales terminarán el 31 de marzo a las 23:59 horas.

Durante este periodo, los partidos políticos y los candidatos independientes que participan en las elecciones podrán realizar propaganda oral, escrita o visual a través de anuncios y publicidad en la prensa escrita o mediante la creación de sitios web hasta que finalice el periodo de propaganda electoral.

Durante el periodo electoral, estará prohibido realizar propaganda oral colectiva en las vías públicas, lugares de culto, edificios e instalaciones de servicio público, así como en lugares distintos a las plazas designadas por las juntas electorales de distrito.

NO SE PODRÁ REALIZAR PROPAGANDA ORAL

En lugares abiertos, no se podrá realizar propaganda oral colectiva desde el final de la segunda hora después de la puesta del sol hasta el amanecer.

No se podrá realizar propaganda enviando mensajes a las direcciones de correo electrónico de los ciudadanos, ni mediante el envío de mensajes de voz, visuales o escritos a sus teléfonos móviles o fijos. Sin embargo, los partidos políticos podrán enviar mensajes de voz, visuales o escritos a sus propios miembros en cualquier momento.

En el periodo de 10 días anterior al día de la votación, estará prohibido realizar publicaciones a favor o en contra de un partido político o candidato, o de manera que influya en el voto del ciudadano, a través de medios de prensa y difusión escritos, orales y visuales, encuestas de opinión, sondeos, predicciones, o mediante teléfonos de información y comunicación bajo nombres como mini referéndum, así como su distribución de cualquier forma.

Los viajes de ministros y diputados relacionados con la propaganda electoral dentro del país no podrán realizarse con vehículos oficiales o vehículos asignados al servicio oficial. En los viajes realizados con este fin, no se podrán llevar a cabo recepciones, despedidas o ceremonias protocolarias, ni se podrán ofrecer banquetes oficiales.

Ningún funcionario podrá participar en los viajes de ministros, diputados y candidatos que formen parte de la propaganda electoral.

PROHIBICIONES DEL DÍA DE LAS ELECCIONES

En el marco de la Ley N.º 298 sobre las Disposiciones Fundamentales de las Elecciones y los Censos Electorales, también existen prohibiciones para el 31 de marzo, día de la votación.

Según el artículo 79 de la ley, el día de la votación estará prohibida la venta y el consumo de cualquier tipo de bebida alcohólica.

El día de la votación, todos los lugares de entretenimiento permanecerán cerrados durante el horario de votación. En los restaurantes que funcionen como lugares de entretenimiento, solo se podrá servir comida.

Nadie, excepto aquellos encargados de proteger la seguridad y el orden público, podrá portar armas.

Hasta las 18:00 horas del día de las elecciones, estará prohibido que las radios y todo tipo de órganos de difusión emitan noticias, predicciones y comentarios sobre las elecciones y sus resultados; entre las 18:00 y las 21:00 horas, solo se podrán emitir las noticias y comunicados del YSK relacionados con las elecciones. Después de las 21:00 horas, todas las emisiones serán libres, aunque el YSK podrá adelantar este horario.