Modificación en el Reglamento de Vehículos de Transporte Escolar
El Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Vehículos de Transporte Escolar, emitido por el Ministerio del Interior, ha sido publicado en el Boletín Oficial.
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El Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Vehículos de Transporte Escolar ha sido publicado en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor.
De acuerdo con esto, aquellos vehículos que cumplan con el requisito de antigüedad para ser utilizados como transporte escolar, pero que superen dicho límite durante el periodo de vigencia de su contrato, podrán seguir operando hasta que finalice el año académico en curso.
Los conductores de vehículos de transporte escolar deberán poseer un permiso de conducir de clase D con al menos 2 años de antigüedad, o un permiso de clase D1 con al menos 5 años de antigüedad. En caso de que sea obligatorio por decisión del Centro de Coordinación de Transporte (UKOME) en las provincias con municipios metropolitanos, o de la Comisión Provincial de Tráfico en otras provincias, deberán contar con un certificado de competencia profesional conforme al marco de la Ley sobre Algunas Regulaciones Relacionadas con la Institución de Cualificaciones Profesionales.
El requisito de contar con cámaras internas y externas que cubran todos los asientos, junto con un dispositivo de grabación capaz de almacenar datos durante al menos 30 días, así como la prohibición de utilizar vidrios que no sean transparentes en el interior del vehículo, no será exigido para los modelos de 2017 y anteriores hasta la primera inspección periódica posterior al 1 de marzo de 2025.