Nueva regulación sobre el nombramiento de administradores judiciales en empresas

Con una modificación legal publicada en el Boletín Oficial, se ha establecido que, en caso de sospechas fundadas relacionadas con ciertos delitos, el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro (TMSF) podrá ser designado como administrador judicial de empresas y activos por un periodo de 5 años. El TMSF ha emitido una declaración al respecto.

12punto

Entre las modificaciones legales publicadas en la edición del 4 de febrero del Boletín Oficial, se incluyó una regulación importante sobre el nombramiento de administradores judiciales (kayyım) en empresas.

Según la nueva normativa, en caso de existir sospechas fundadas relacionadas con delitos comprendidos en los artículos 282, 314 y 315 del Código Penal Turco y el artículo 4 de la Ley sobre la Prevención de la Financiación del Terrorismo, el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro (TMSF) podrá ser designado como administrador judicial de empresas y activos por un periodo de 5 años.

La declaración incluyó los siguientes puntos:

En relación con las afirmaciones y declaraciones aparecidas en la prensa sobre las facultades de administración judicial;

Ha surgido la necesidad de hacer una aclaración tras las afirmaciones realizadas deliberadamente por ciertos sectores en los últimos días de que "el TMSF confiscará empresas sin una orden judicial".

El TMSF no puede ser designado como "administrador judicial" de una empresa sin una orden judicial.

De acuerdo con la nueva regulación legal introducida por el Artículo 7 de la Ley N.º 7539, publicada en el Boletín Oficial el 4 de febrero de 2025, en caso de que el TMSF sea designado como administrador judicial conforme al artículo 133 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (CMK), se ha hecho posible que ejerza las facultades que ya posee en virtud de la Ley Bancaria.

El nombramiento de administradores judiciales en empresas no es una regulación nueva. Según la CMK, en caso de existir "sospechas fundadas", se nombran administradores judiciales en empresas dentro del marco legal.

Con la modificación legal, el TMSF solo podrá ser designado como administrador judicial por un tribunal, de conformidad con los artículos 133 y 128 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en caso de que existan sospechas fundadas de que se han cometido delitos de blanqueo de capitales procedentes de delitos tipificados en el Código Penal Turco, pertenencia a organización armada y suministro de armas, así como delitos de financiación del terrorismo tipificados en la Ley sobre la Prevención del Terrorismo.

Contrariamente a las afirmaciones, no existe la posibilidad de nombrar administradores judiciales en empresas que no estén involucradas en delitos sin una orden judicial, ni es legalmente posible que el TMSF sea nombrado administrador judicial de municipios.

La ley no ha otorgado al TMSF nuevas facultades que no existieran anteriormente.

En resumen, con la última regulación se ha establecido una norma de 5 años de duración que permitirá al TMSF utilizar sus facultades ya existentes, definidas por la Ley Bancaria, para gestionar eficazmente las empresas en las que sea designado.

Se comunica respetuosamente a la opinión pública.

MODIFICACIÓN PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL

La modificación legal incluida en la edición del 4 de febrero del Boletín Oficial es la siguiente:

"ARTÍCULO 7- Se añade el siguiente artículo transitorio a la Ley N.º 7145, de fecha 25/7/2018, sobre la Modificación de Algunas Leyes y Decretos Leyes.

“ARTÍCULO TRANSITORIO 2- (1) En caso de que existan sospechas fundadas de que se han cometido los delitos tipificados en los artículos 282, 314 y 315 del Código Penal Turco N.º 5237, de fecha 26/9/2004, o en el artículo 4 de la Ley N.º 6415, de fecha 7/2/2013, sobre la Prevención de la Financiación del Terrorismo, si se decide nombrar un administrador judicial para las empresas de conformidad con el artículo 133 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o para los activos de conformidad con el décimo párrafo del artículo 128, el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro podrá ser designado como administrador judicial por un periodo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de este artículo. En este caso, respecto a los derechos y facultades de administración judicial, se aplicarán por analogía los derechos y facultades otorgados al Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro en la Ley Bancaria N.º 5411, de fecha 19/10/2005. Las facultades de la asamblea general de las empresas serán ejercidas por el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro sin estar sujetas a las disposiciones del Código de Comercio Turco N.º 6102, de fecha 13/1/2011. Estas empresas o activos serán gestionados bajo la supervisión del Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro, por administradores designados por el Fondo, de acuerdo con las prácticas comerciales y como un comerciante prudente. El Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro podrá decidir la venta parcial o total, o la disolución y liquidación de la empresa o sus activos debido a su situación financiera, estructura de propiedad, condiciones de mercado u otros problemas. Las operaciones de venta y liquidación serán llevadas a cabo por el consejo de administración/directores de la empresa correspondiente, los representantes del administrador judicial de los activos o el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro. En las operaciones de venta y liquidación no se requerirá el consentimiento de los titulares de acciones minoritarias. El importe restante de los ingresos obtenidos de la venta, una vez pagadas las deudas de la empresa o de los activos, podrá utilizarse en los negocios de la empresa o de los activos. El importe restante tras el pago de las deudas al finalizar las operaciones de disolución y liquidación se capitalizará en una cuenta abierta hasta que el proceso judicial concluya con una sentencia firme. La comisión de liquidación designada por el Consejo del Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro para llevar a cabo las operaciones de liquidación de las empresas tiene capacidad procesal en cuanto a procedimientos judiciales o litigios. Las empresas cuya administración judicial es ejercida por el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro están exentas de tasas en los litigios que inicien. Las decisiones de incautación y medidas cautelares dictadas de conformidad con el artículo 128 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la empresa, bienes inmuebles, derechos, activos y créditos para los cuales se ha decidido nombrar al Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro como administrador judicial, se levantarán automáticamente con la transferencia de la autoridad de administración judicial al Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro. El artículo 127 de la Ley N.º 5411 se aplicará a las personas designadas o encargadas para gestionar y representar a las empresas o activos para los cuales el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro ha sido nombrado administrador judicial, así como a las personas designadas por ellos para tener facultades de representación, y a las operaciones realizadas en este contexto.

(2) En caso de que se decida el decomiso de estas empresas o activos, la decisión de decomiso se ejecutará mediante la venta o liquidación de las empresas o activos por parte de sus consejos de administración/directores, sus representantes de administración judicial o el Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro. Durante este proceso, la gestión de la empresa o de los activos continuará bajo el alcance del primer párrafo. Las ventas o liquidaciones de empresas o activos, o las ventas de integridad comercial y económica, se realizarán dentro del marco de las facultades otorgadas al Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro por la Ley N.º 5411. El importe restante de los ingresos obtenidos de la venta, una vez pagadas las deudas de la empresa o de los activos, podrá utilizarse en los negocios de la empresa o de los activos. En caso de decidirse la liquidación, las operaciones serán realizadas por las comisiones de liquidación. Si queda un saldo al finalizar la liquidación, se registrará como ingreso para el Tesoro.

(3) Los litigios interpuestos contra las decisiones y operaciones del Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro en el ámbito de su función de administración judicial serán vistos en los tribunales administrativos del lugar donde se encuentre la sede del Fondo de Seguro de Depósitos de Ahorro.”

846 EMPRESAS SON GESTIONADAS POR ADMINISTRADORES JUDICIALES DESIGNADOS POR EL TMSF

Según la información disponible en el sitio web oficial del TMSF, a fecha de 31 de enero de 2025, hay administradores judiciales en 846 empresas. De estas, 618 son empresas con administración judicial total, 62 son empresas con administración judicial de auditoría, 73 tienen administración judicial parcial y 93 están bajo administración judicial de activos personales.