Nueva regulación sobre la prohibición de publicidad para abogados: se impone restricción en internet y redes sociales
Se ha realizado una modificación en el reglamento sobre la prohibición de publicidad para abogados. Los abogados no podrán publicar ni recibir publicidad en medios digitales, ni realizar acciones o gestiones para destacar contenidos relacionados con ellos mismos. La decisión ha sido publicada en el Boletín Oficial.
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El Reglamento sobre la Modificación del Reglamento de Prohibición de Publicidad de la Unión de Colegios de Abogados de Turquía, que regula los procedimientos y principios relativos a la prohibición de publicidad en la profesión jurídica, ha entrado en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial.
De acuerdo con esto, con la modificación del reglamento se ha eliminado el procedimiento de envío de una carta de advertencia en caso de infracción de la prohibición de publicidad. En caso de incumplimiento, se iniciará una investigación de oficio contra los abogados y se notificará al interesado un documento que incluya la solicitud de defensa.
Los abogados no podrán realizar trabajos ni gestiones para destacar contenidos que ellos mismos hayan preparado, encargado o que se hayan preparado sobre ellos en medios digitales, ya sea de forma gratuita o remunerada.
LOS ABOGADOS NO PODRÁN PUBLICAR NI RECIBIR PUBLICIDAD
A los abogados se les prohíbe utilizar accesos directos que redirijan a los usuarios de internet a su propio sitio web o desde su sitio a otro, y además, no podrán publicar ni recibir publicidad en medios digitales.
Los abogados tampoco podrán realizar publicaciones de carácter publicitario sobre su vida, sus ingresos o sus actividades profesionales de manera que se asocien con su identidad profesional.
En los casos en que se utilice el título de abogado en medios de comunicación escritos, auditivos, visuales y digitales, así como en publicaciones relativas a su vida privada, los abogados deberán evitar comportamientos que puedan dañar la reputación de la profesión.
TAMPOCO SE PODRÁN REALIZAR PUBLICACIONES ESCRITAS O VISUALES
Los abogados deberán evitar cualquier tipo de comportamiento que pueda considerarse publicidad en las transmisiones en las que participen en redes sociales y entornos de internet, así como cualquier declaración o publicación que dañe la reputación de su profesión. No podrán realizar transmisiones ni publicaciones escritas o visuales compartiendo información de contenido general y abstracto, accesible para todos, con el fin de obtener clientes.
En las reuniones con clientes o posibles clientes, el lugar, el entorno y el contenido deberán ser adecuados al propósito de la reunión, dignos del prestigio de la profesión de abogado y no deberán violar la prohibición de publicidad.
En dichas reuniones se deberá respetar la norma de confidencialidad.