Nueva tarifa para el Seguro Obligatorio contra Terremotos

Se han realizado cambios en el comunicado sobre la tarifa e instrucciones del seguro obligatorio contra terremotos. Según la nueva decisión, los importes mínimos de prima del seguro obligatorio contra terremotos, que anteriormente eran de "75 TL, 65 TL, 55 TL, 45 TL y 35 TL", han sido modificados para que "no puedan ser inferiores a 1.441 TL, 1.283 TL, 1.092 TL, 1.024 TL, 765 TL, 546 TL y 371 TL".

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El comunicado sobre la modificación del comunicado de tarifas e instrucciones del seguro obligatorio contra terremotos, emitido por la Autoridad de Regulación y Supervisión de Seguros y Pensiones Privadas, ha sido publicado en el Boletín Oficial.

De acuerdo con esto, los importes mínimos de prima del seguro obligatorio contra terremotos que figuraban en el comunicado anterior como 75 TL, 65 TL, 55 TL, 45 TL y 35 TL, han sido modificados para que "no puedan ser inferiores a 1.441 TL, 1.283 TL, 1.092 TL, 1.024 TL, 765 TL, 546 TL y 371 TL".

Además, los importes fijos establecidos en el comunicado se incrementarán y aplicarán cada mes basándose en la tasa de variación mensual del Índice de Precios al Productor Nacional con base 2003=100, publicado el mes anterior por el Instituto de Estadística de Turquía.

En caso de que la tasa anunciada sea inferior a cero, se tomará como cero. Cuando los cálculos resulten en importes con decimales, estos se redondearán al número entero superior.