Prohibición de cargos por servicio, mesa y cubierto en restaurantes publicada en el Boletín Oficial

Se ha prohibido el cobro de tarifas bajo los conceptos de cargo por servicio, cargo por mesa y cubierto en los restaurantes. La decisión ha entrado en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial.

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Había aumentado el número de quejas sobre las prácticas de algunos restaurantes de cobrar tarifas bajo conceptos como cargo por mesa, cargo extra por servicio y cubierto.

Las autoridades han tomado medidas contra las prácticas que generan ganancias injustas.

Según la decisión publicada en el Boletín Oficial, las prácticas de cobrar tarifas bajo los conceptos de cargo por servicio, cargo por mesa y cubierto en los restaurantes han sido oficialmente prohibidas.

En la decisión publicada en el Boletín Oficial del 30 de enero de 2026, se incluyeron las siguientes declaraciones:

"En caso de que se cobre cualquier tarifa bajo cualquier nombre fuera de los precios mostrados en la tarifa y la lista de precios, es obligatorio que esto se muestre en la tarifa y la lista de precios. Sin embargo, en establecimientos que ofrecen servicios de comida y bebida como restaurantes, cafeterías, pastelerías y similares, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley Laboral n.º 4857 del 22/5/2003, no se podrá exigir al consumidor ningún pago adicional bajo ningún nombre, como cargo por servicio, cargo por mesa, cargo por cubierto o similares".