Se acerca el final de la regulación: ¡Atención quienes tienen licencia de conducir clase B!

Se ha llegado a la fase final de la regulación que permitirá conducir motocicletas de menos de 125 cc con una licencia de conducir de clase B.

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Tras la finalización del trabajo llevado a cabo por el Ministerio de Transporte e Infraestructura, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación Nacional, se prevé que, con una modificación en la Ley de Tráfico de Carreteras, pronto se pueda conducir motocicletas de hasta 125 cc con una licencia de conducir de clase B.

Remzi Öztürk, Coordinador General de la Asociación de la Industria de la Motocicleta (MOTED), señaló que se espera que el reglamento, cuya entrada en vigor se aguarda, sea publicado a más tardar a finales de 2023.

FORMACIÓN EN AUTOESCUELA

Al destacar que el reglamento previsto contempla el requisito de que los conductores con licencia de clase B reciban una “formación práctica de conducción para motocicletas” en cualquier autoescuela, Öztürk continuó de la siguiente manera:

“La formación no es en forma de examen. Se prevé que sea únicamente en forma de formación práctica de conducción. La licencia de conducir de la persona que reciba la formación será acreditada automáticamente. Estas personas que reciban la formación podrán conducir motocicletas de hasta 125 cc sin necesidad de cambiar su licencia de conducir ni realizar ningún otro trámite adicional”.

NO HABRÁ LÍMITE DE EDAD

El presidente de MOTED, Remzi Öztürk, afirmó que no hay límite de edad en el reglamento que se espera que entre en vigor, aunque señaló que la Dirección General de Servicios Jurídicos está evaluando el límite de edad por separado. Al expresar que los conductores registrados en cualquiera de las organizaciones de comercio electrónico no podrán beneficiarse de esta regulación, Öztürk declaró: “Los trabajos continúan rápidamente y esperamos que el reglamento se publique a más tardar dentro del año 2023”.