Se ha realizado la esperada regulación del impuesto especial sobre el consumo (ÖTV)

La regulación sobre la compra de vehículos con exención del impuesto especial sobre el consumo (ÖTV) para personas con discapacidad ha sido publicada en el Boletín Oficial. Según las nuevas normas, se exigirá un requisito de producción nacional del 40 por ciento en los vehículos, y no se concederá la exención para segundos vehículos adquiridos en un plazo de 10 años.

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La nueva regulación sobre la compra de vehículos por parte de personas con discapacidad dentro del marco de la exención del ÖTV ha sido publicada en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor. La normativa introduce restricciones tanto en la tasa de producción nacional como en los plazos para los vehículos sujetos a la exención.

SE ELIMINA LA EXENCIÓN PARA UN SEGUNDO VEHÍCULO ANTES DE 10 AÑOS

Según la regulación realizada, si las personas con discapacidad adquieren un segundo vehículo antes de que transcurran 10 años desde la compra del primero con exención del ÖTV, no se aplicará dicha exención para este vehículo. De este modo, se ha establecido un límite temporal de 10 años.

REQUISITO DEL 40 POR CIENTO DE PRODUCCIÓN NACIONAL

Se ha introducido un requisito de tasa de producción nacional para los vehículos que se adquieran bajo la exención del ÖTV. De acuerdo con esto, al menos el 40 por ciento de los vehículos que compren las personas con discapacidad deberá ser de producción nacional.

En Turquía, los precios de los vehículos que cumplen con las condiciones de exención del ÖTV comienzan desde los 500 mil TL. Por otro lado, los montos de asistencia social para personas con discapacidad se han determinado de la siguiente manera:

Para quienes tienen un informe de discapacidad entre el 40 y el 69 por ciento: 3 mil 723 TL mensuales

Para quienes tienen un informe de discapacidad del 70 por ciento o más: 5 mil 584 TL mensuales