¡Atención compradores de automóviles! Se ha anunciado una nueva norma para la importación de vehículos
Según el comunicado publicado en el Boletín Oficial, se ha ampliado el alcance de la regulación realizada el año pasado sobre la importación de vehículos eléctricos. De acuerdo con esto, el requisito de abrir 20 talleres de servicio en 7 regiones ahora también incluirá a los automóviles híbridos enchufables.
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Se ha publicado en el Boletín Oficial la modificación del comunicado relativo a la importación de vehículos eléctricos.
El "Comunicado sobre la Importación de Algunos Vehículos Eléctricos" ha sido modificado a "Comunicado sobre la Importación de Algunos Vehículos Eléctricos e Híbridos Enchufables".
Según la regulación, la obligación de contar con servicios técnicos autorizados, introducida a finales del año pasado para la importación de vehículos eléctricos, se ha extendido también a los vehículos híbridos enchufables.
En este contexto, para poder emitir el certificado de autorización, será necesario que el Instituto Turco de Normalización (TSE) certifique que el importador ha establecido al menos 20 estaciones de servicio autorizadas en 7 regiones geográficas para el montaje, mantenimiento y reparación postventa de los vehículos a importar.
Se requerirá que las personas responsables del mantenimiento y reparación de vehículos eléctricos o híbridos enchufables posean un certificado de competencia emitido exclusivamente por el TSE o la Autoridad de Cualificaciones Profesionales (MYK) para el mantenimiento y reparación de dichos vehículos.
Para la importación de vehículos eléctricos o híbridos enchufables que no estén sujetos a homologación de tipo, las autoridades aduaneras exigirán un documento de exención o exclusión emitido por el TSE.