Nueva regulación para pantallas y sistemas de sonido en vehículos: Prohibido ver videos mientras se conduce
Con la modificación publicada en el Boletín Oficial, se prohíbe ver videos en pantallas situadas en el campo de visión del conductor mientras el vehículo está en movimiento, así como el uso de sistemas de sonido que emitan ruido hacia el exterior.
12punto
La modificación realizada en el Reglamento de Tráfico de Carreteras ha sido publicada en el Boletín Oficial. La normativa introduce nuevas reglas relativas a los dispositivos de visualización en el vehículo, el campo de visión del conductor y los sistemas de sonido.
Se han añadido al reglamento las definiciones de "dispositivo de visualización" y "campo de visión del conductor". Según esto, los dispositivos que se encuentren en el área de observación y uso del conductor y que permitan ver televisión o transmisiones de video mientras el vehículo está en movimiento serán considerados dispositivos de visualización.
Con la nueva regulación, se prohíbe colocar accesorios y objetos en el campo de visión del conductor de manera que obstruyan la visibilidad de la carretera, los movimientos de peatones y vehículos, las señales de tráfico, los dispositivos de tráfico y las marcas viales.
Sin embargo, las cámaras de coche y los soportes para teléfonos montados en el parabrisas delantero con una altura que no supere los 5 centímetros desde el nivel superior del volante o del panel de instrumentos no se considerarán elementos que obstruyan la visión.
La prohibición también incluye la visualización de videos o transmisiones de televisión en dispositivos situados dentro del campo de visión y uso del conductor mientras el vehículo está en marcha. El uso de dispositivos destinados a la asistencia en la conducción, estacionamiento y navegación; sistemas de cámara y grabación que muestran el interior o exterior del vehículo, así como dispositivos relacionados con el control y los ajustes del sistema del vehículo, no se considerarán dentro del alcance de la prohibición.
La regulación también impone limitaciones a los sistemas de sonido. Se prohíbe el uso de dispositivos de audio en el vehículo de tal manera que el sonido se proyecte hacia el exterior y perturbe la paz pública. No se permitirá la presencia o el uso de altavoces, amplificadores, subwoofers y sistemas de sonido similares adicionales en el vehículo fuera de las áreas determinadas por el fabricante.
Por el contrario, se podrá mantener en el maletero de los vehículos un subwoofer adicional de un máximo de 45 Hz y un amplificador de un máximo de 300 vatios. En los vehículos de clase M2 y M3 utilizados para el transporte comercial de pasajeros, se podrán instalar dispositivos individuales de audio y video siempre que el conductor no pueda verlos ni controlarlos.