Decisión del Consejo de Publicaciones Nocivas sobre una caricatura de LeMan: Contraria a la moral

El Consejo de Publicaciones Nocivas preparó un informe en el marco del juicio contra la caricatura titulada 'Sexo en pandemia', publicada por la dibujante Zehra Ömeroğlu en la revista LeMan. El consejo argumentó que la caricatura 'hiere los sentimientos de pudor del público y es contraria a la moral pública'. Se solicitó una pena de hasta tres años de prisión y una multa judicial de hasta 5 mil días para Ömeroğlu.

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El Consejo de Publicaciones Nocivas preparó un informe en el marco del juicio contra la caricatura titulada “Sexo en pandemia”, publicada por la dibujante Zehra Ömeroğlu en la revista LeMan.

El consejo argumentó que la caricatura “hiere los sentimientos de pudor y recato del público y es contraria a la moral pública”.

La caricatura titulada "Sexo en pandemia", dibujada por Zehra Ömeroğlu y publicada en la revista LeMan en 2020, fue considerada “contraria a la moral pública” por el Consejo de Publicaciones Nocivas.

SE SOLICITÓ HASTA TRES AÑOS DE PRISIÓN

Según la noticia de Canan Coşkun de MLSA, la Fiscalía General de Estambul había preparado una acusación contra la dibujante Zehra Ömeroğlu debido a su caricatura titulada “Sexo en pandemia” en la revista de humor LeMan.

A Ömeroğlu, a quien se le imputó el delito de “obscenidad” por la caricatura publicada en la revista LeMan el 25 de noviembre de 2020, se le solicitó una pena de hasta tres años de prisión y una multa judicial de hasta 5 mil días.

Durante el proceso judicial, el fiscal del caso también solicitó en su alegato final que Ömeroğlu fuera condenada.

EL CONSEJO DEFENDIÓ LA 'MORAL PÚBLICA'

En el marco del juicio que se lleva a cabo en el 2º Tribunal Penal de Primera Instancia de Estambul, en octubre de 2022 se solicitó un informe al Consejo de Protección de Menores contra Publicaciones Nocivas, dependiente de la Dirección General de Servicios Infantiles del Ministerio de Familia y Servicios Sociales, para determinar si la caricatura era obscena.

El informe esperado fue incorporado al expediente del caso en los últimos días.

En el informe preparado por el comité de expertos compuesto por Ayşe Yıldırım Kara, Serpil Penez Şahin, Gülser Ustaoğlu, Tuncay Cevheroğlu y Hüseyin Kaya, se definió el delito de “obscenidad” y se indicó que el interés jurídico que se pretende proteger con las disposiciones relativas a este delito es la “moral pública”, expresada también como el sentimiento de pudor y recato de la sociedad.

Argumentando que “en la obscenidad existe una violación y contradicción con la moral pública y la salud en beneficio del interés público”, se sostuvo que las medidas penales y sanciones son necesarias para el orden y el interés público.

El comité, al defender que la caricatura de Ömeroğlu contiene los elementos del delito de “obscenidad” regulado en el artículo 226 del Código Penal Turco, alegó que “hiere los sentimientos de pudor y recato del público, y es contraria a la moral pública por su naturaleza de incitar y explotar los deseos sexuales”, y por unanimidad consideró la caricatura como obscena.

'¿LA MORAL PÚBLICA DE QUIÉN?'

La dibujante Zehra Ömeroğlu, contra quien se abrió el caso, declaró lo siguiente sobre el informe:

“El informe que llegó al tribunal es erróneo y arbitrario. Es erróneo porque las cosas que dicen que están en la imagen no existen en la caricatura. No hay ningún elemento pornográfico en el trazo. Es arbitrario porque no está claro en qué se basa para definir la obscenidad.

No puedo creer que cinco personas que prepararon el informe se hayan sentado seriamente a decidir si esta caricatura es obscena o no.

En el informe se habla de “moral pública”. ¿La moral pública de quién? ¿En un lugar donde tanta inmoralidad se vive a plena vista, es esta caricatura la que corrompe la moral pública? ¿Es la moral pública tan frágil y tambaleante que puede ser corrompida por una caricatura?”