Obstáculo reglamentario para el cambio de nombre del estadio del Fenerbahçe a "Estadio Atatürk"
La directiva del Fenerbahçe obtuvo la autorización de sus miembros para denominar al recinto 'Estadio Fenerbahçe Atatürk', pero el cambio podría no concretarse debido al artículo 7 del Reglamento de Denominación de Instalaciones de la Dirección General de Servicios Deportivos. Según dicho artículo, solo una instalación de características similares en una misma ciudad puede llevar el nombre de Atatürk.
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En la Asamblea General Extraordinaria del Fenerbahçe, celebrada para adaptar sus estatutos a la Ley de Clubes y Federaciones Deportivas, uno de los temas tratados fue la autorización otorgada a la directiva para cambiar el nombre del estadio. Los miembros aprobaron por unanimidad facultar a la directiva para imponer el nombre de Mustafa Kemal Atatürk al estadio. Esta decisión recibió grandes elogios incluso fuera de la comunidad del Fenerbahçe. Sin embargo, para que el Fenerbahçe pueda bautizar su estadio con el nombre de Atatürk, no basta con la aprobación de los socios. Existe un paso adicional importante.
SE REQUIERE PERMISO MINISTERIAL PARA EL NOMBRE ATATÜRK
El presidente del Fenerbahçe, Ali Koç, también se refirió a este asunto en su discurso: "Para que el cambio de nombre del estadio se haga efectivo, la aprobación de nuestra asamblea general no es suficiente. Dado que nuestros estadios son propiedad del Estado, cualquier cambio de nombre debe ser, por supuesto, autorizado por el Estado. Confiamos en que ellos también evaluarán seriamente los deseos y demandas del Club Deportivo Fenerbahçe y darán su aprobación. Nuestra fe en ello es infinita", afirmó.
LOS NOMBRES DE LOS ESTADIOS ESTÁN REGULADOS POR NORMATIVA
Según la información de Burak Alaca de Ajansspor, la regulación sobre los nombres de los estadios se describe en el reglamento de la Dirección General de Deportes, dependiente del Ministerio de Juventud y Deportes. El nombre del reglamento es "Reglamento de Denominación de Instalaciones de la Dirección General de Deportes"... Los tres apartados del artículo 7, bajo el título "Prohibiciones relacionadas con la denominación", contienen la normativa sobre la asignación del nombre "Atatürk" a los estadios: solo puede haber un estadio con el nombre de Atatürk en una ciudad.
Solo puede haber un estadio con el nombre de Atatürk en una ciudad.
(1) No se pueden asignar nombres o títulos relacionados con Atatürk a instalaciones privadas de educación física y deportes abiertas y operadas por personas físicas o jurídicas.
(2) Solo se pueden asignar nombres relacionados con Atatürk a una de las instalaciones similares en una misma ciudad.
(3) No se pueden asignar los mismos nombres a instalaciones con el mismo propósito ubicadas en una misma provincia, distrito, municipio, pueblo o barrio.
ESTADIO OLÍMPICO ATATÜRK EN ESTAMBUL
En Estambul ya existe un estadio que lleva el nombre de Atatürk. Se trata del Estadio Olímpico Atatürk, el más grande de Turquía con una capacidad de aproximadamente 75 mil espectadores... Este estadio fue recientemente sede de la final de la Liga de Campeones de la UEFA.