Sanción del PFDK a Ali Koç y Dursun Özbek
El Comité de Disciplina del Fútbol Profesional (PFDK) ha impuesto una sanción de 45 días de inhabilitación al presidente del Fenerbahçe, Ali Koç, y al presidente del Galatasaray, Dursun Özbek.
İHA
Estas son las decisiones tomadas por el PFDK tras su reunión de hoy:
"1- Se sanciona al directivo del Galatasaray, Metin Öztürk, con 23 días de inhabilitación y una multa de 750.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-a y la aplicación del artículo 13 del Reglamento de Disciplina del Fútbol (FDT), debido a sus declaraciones en la entrevista posterior al partido Galatasaray - Konyaspor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 25.01.2025, las cuales fueron calificadas como declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol, considerando que sus comentarios sistemáticos y reiterados sobre la honorabilidad de los árbitros y la gestión de los partidos, incluso antes de que estos se disputen, generan un clima de desconfianza y dañan el sentido de justicia en la opinión pública deportiva, además de contribuir a la desvalorización de otros clubes. (por mayoría)
2- Se sanciona al Fenerbahçe con una multa de 2.000.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-b del FDT, debido a las publicaciones realizadas en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 26.01.2025, las cuales contenían declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones, considerando que dichas declaraciones sistemáticas y reiteradas sobre la honorabilidad de los árbitros y la gestión de los partidos, incluso antes de que estos se disputen, generan un clima de desconfianza y dañan el sentido de justicia en la opinión pública deportiva, además de contribuir a la desvalorización de otros clubes. (por mayoría)
Se sanciona al presidente del Fenerbahçe, Yıldırım Ali Koç, con 45 días de inhabilitación, de acuerdo con los artículos 38/3 y 38/1-a del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 26.01.2025. (por mayoría)
3- Respecto al Club Atakaş Hatayspor, aunque fue remitido a nuestro Comité por las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 27.01.2025, se ha determinado que no procede imponer sanción al no cumplirse los elementos de la infracción disciplinaria imputada.
Respecto al presidente del Club Atakaş Hatayspor, Hikmet Çinçin, aunque fue remitido a nuestro Comité por las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 27.01.2025, se ha determinado que no procede imponer sanción al no cumplirse los elementos de la infracción disciplinaria imputada.
4- Se sanciona al jugador del Sivasspor, Murat Paluli, con 2 partidos de suspensión, de acuerdo con el artículo 43 del FDT, debido a su falta grave contra un jugador del equipo rival en el partido Eyüpspor-Sivasspor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 31.01.2025.
5- Se sanciona al Kayserispor con una multa de 168.000 TL, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento de las instrucciones al no seguir el cronograma establecido en el partido Kayserispor-Trabzonspor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 01.02.2025.
En el mismo partido, se sanciona al Kayserispor con una multa de 150.000 TL, de acuerdo con el artículo 8/13 del Reglamento de Retransmisión de la Süper Lig y la TFF 1. Lig, por una acción contraria al artículo 8/9 del mismo reglamento.
En el mismo partido, se sanciona al entrenador del Kayserispor, Muhammed Türkmen, con la prohibición de acceso al vestuario y al banquillo durante 1 partido oficial y una multa de 58.500 TL, de acuerdo con los artículos 36/1-c y 35/4 del FDT, por comportamiento antideportivo.
6- Se sanciona al Trabzonspor con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento de las instrucciones al no seguir el cronograma establecido en el partido Kayserispor-Trabzonspor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 01.02.2025.
En el mismo partido, se sanciona al Trabzonspor con una multa de 480.000 TL, de acuerdo con el artículo 53/2 del FDT, debido a los cánticos feos y ofensivos de sus aficionados, siendo esta la sexta vez que ocurre en la misma temporada en un partido como visitante. De acuerdo con el artículo 53/3 del FDT, se bloquean las tarjetas de acceso electrónico de los espectadores situados en la tribuna visitante, bloques A y B de la grada superior sur, impidiéndoles el acceso al siguiente partido en el que el club actúe como visitante.
7- Se sanciona al Adana Demirspor con una multa de 525.000 TL, de acuerdo con el artículo 53/2 del FDT, debido a los cánticos feos y ofensivos de sus aficionados, siendo esta la tercera vez que ocurre en la misma temporada en un partido como local. De acuerdo con el artículo 53/3 del FDT, se bloquean las tarjetas de acceso electrónico de los espectadores situados en la tribuna norte detrás de la portería, bloque 110 de la grada inferior, impidiéndoles el acceso al siguiente partido en el que el club actúe como local.
En el mismo partido, se sanciona al Adana Demirspor con una multa de 168.000 TL, de acuerdo con los artículos 52/2 y 46/1 del FDT, debido a los incidentes en el campo provocados por sus aficionados.
8- Se sanciona al Göztepe con una multa de 168.000 TL, de acuerdo con los artículos 52/2 y 46/1 del FDT, debido a los incidentes en el campo provocados por sus aficionados en el partido Göztepe-Corendon Alanyaspor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 02.02.2025. De acuerdo con el artículo 52/3 del FDT, se bloquean las tarjetas de acceso electrónico de los espectadores situados en la tribuna sur, bloque 219, y en la tribuna VIP oeste, bloque 200, impidiéndoles el acceso al siguiente partido en el que el club actúe como local.
9- Se sanciona al Fenerbahçe, de acuerdo con el artículo 53/3 del FDT, debido a los cánticos feos y ofensivos de sus aficionados en el partido Fenerbahçe-Çaykur Rizespor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 02.02.2025, bloqueando las tarjetas de acceso electrónico de los espectadores situados en la tribuna Spor Toto bloques E-F, tribuna norte bloques E-F-L-M y tribuna maratón superior bloque G, impidiéndoles el acceso al siguiente partido en el que el club actúe como local.
10- Se sanciona al Çaykur Rizespor con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento de las instrucciones al no seguir el cronograma establecido en el partido Fenerbahçe-Çaykur Rizespor de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 02.02.2025.
Se sanciona al Çaykur Rizespor con una multa de 1.000.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-b y la aplicación del artículo 13 del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones realizadas por sus presidentes en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 03.02.2025. (por mayoría)
Se sanciona al presidente del Çaykur Rizespor, İbrahim Turgut, con 23 días de inhabilitación y una multa de 750.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-a y la aplicación del artículo 13 del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 03.02.2025. (por mayoría)
Se sanciona al jugador del Çaykur Rizespor, Rachid Ghezzal, con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento del Reglamento de Retransmisión de la Süper Lig y la TFF 1. Lig.
Se sanciona al jugador del Çaykur Rizespor, Rachid Ghezzal, con 1 partido de suspensión y una multa de 58.500 TL, de acuerdo con los artículos 36/1-a y 35/4 del FDT, por comportamiento antideportivo hacia el árbitro del partido.
Se sanciona al jugador del Çaykur Rizespor, Olasunkanmi Ibrahim Olawoyin, con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento del Reglamento de Retransmisión de la Süper Lig y la TFF 1. Lig.
Se sanciona al empleado del Çaykur Rizespor, Burak Bakır, con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento de las instrucciones al encontrarse en el terreno de juego sin estar acreditado.
En el mismo partido, se sanciona al empleado del Çaykur Rizespor, Burak Bakır, con 21 días de inhabilitación, de acuerdo con el artículo 41/1-c del FDT, por insultar al árbitro del partido.
11- Se sanciona al Gaziantep Futbol Kulübü con una amonestación, de acuerdo con el artículo 53/2 del FDT, debido a los cánticos feos y ofensivos de sus aficionados en el partido Gaziantep Futbol Kulübü-Galatasaray de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 03.02.2025, siendo esta la primera vez que ocurre en la misma temporada en un partido como local. De acuerdo con el artículo 53/3 del FDT, se bloquean las tarjetas de acceso electrónico de los espectadores situados en la tribuna sur detrás de la portería, bloques C-D-E de la grada inferior, y en la tribuna maratón, bloques D-E-F-G de la grada inferior, impidiéndoles el acceso al siguiente partido en el que el club actúe como local.
En el mismo partido, se sanciona al Gaziantep Futbol Kulübü con una amonestación, de acuerdo con el artículo 46/1 del FDT, por incumplimiento del reglamento de equipamiento deportivo.
En el mismo partido, se sanciona al Gaziantep Futbol Kulübü con una multa de 90.000 TL, de acuerdo con el artículo 49/3 del FDT, por no mantener despejados los pasillos de las escaleras.
12- Se sanciona al Galatasaray con una multa de 168.000 TL, de acuerdo con los artículos 52/2 y 46/1 del FDT, debido a los incidentes en el campo provocados por sus aficionados en el partido Gaziantep Futbol Kulübü-Galatasaray de la temporada Şamil Ekinci de la Trendyol Süper Lig, disputado el 03.02.2025.
En el mismo partido, se sanciona al Galatasaray con una multa de 495.000 TL, de acuerdo con el artículo 49/3 del FDT, por no mantener despejados los pasillos de las escaleras, siendo esta la novena vez que ocurre en la misma temporada. (por mayoría)
Se sanciona al Galatasaray con una multa de 2.000.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-b del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 02.02.2025. (por mayoría)
Se sanciona al presidente del Galatasaray, Dursun Aydın Özbek, con 45 días de inhabilitación, de acuerdo con los artículos 38/3 y 38/1-a del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones contenidas en la publicación realizada en la cuenta oficial de redes sociales (X) del club el 02.02.2025. (por mayoría)
Se sanciona al directivo del Galatasaray, İbrahim Hatipoğlu, con 23 días de inhabilitación y una multa de 750.000 TL, de acuerdo con el artículo 38/1-a y la aplicación del artículo 13 del FDT, debido a las declaraciones destinadas a dañar la reputación del fútbol y de las instituciones realizadas ante los medios de comunicación el 02.02.2025. (por mayoría)