Atención quienes compren o vendan vehículos: Se amplía el plazo crítico para automóviles de segunda mano
Se ha extendido hasta el 1 de julio de 2026 la normativa que prohíbe la venta de vehículos de motor usados antes de que transcurran 6 meses y 6 mil kilómetros desde su primera matriculación, así como la restricción sobre los precios de los anuncios.
12punto
El "Reglamento sobre la Modificación del Reglamento relativo al Comercio de Vehículos de Motor", preparado por el Ministerio de Comercio, ha sido publicado en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor.
LA NORMATIVA DE 6 MESES Y 6 MIL KILÓMETROS CONTINUARÁ
Según la normativa, las personas y empresas que se dedican al comercio de vehículos de motor usados no podrán realizar la venta de motocicletas, automóviles y vehículos todoterreno, directa o indirectamente, antes del 1 de julio de 2026, si no se ha cumplido el requisito de 6 meses y 6 mil kilómetros desde la fecha de la primera matriculación.
CONTINÚA EL LÍMITE A LOS PRECIOS DE LOS ANUNCIOS
Se ha informado que la práctica que prohíbe la comercialización de vehículos de motor usados mediante anuncios con un precio superior al precio de venta recomendado actual, determinado por el fabricante o distribuidor, también continuará vigente hasta el 1 de julio de 2026.
Por otro lado, el plazo durante el cual no se exigirá el requisito de graduación de bachillerato para las solicitudes de certificado de autorización para empresas con registro fiscal o registro en cámaras profesionales se ha extendido hasta el 1 de abril de 2026.