Aumentan los valores umbral y los límites monetarios en las licitaciones públicas

El Comunicado sobre Licitaciones Públicas, preparado por la Autoridad de Contratación Pública, ha sido publicado en el Boletín Oficial. Según el comunicado, los valores umbral y los límites monetarios especificados en la Ley de Contratación Pública se han actualizado incrementándolos en la tasa de variación anual del Índice de Precios al Productor Nacional (Yİ-ÜFE) del periodo de diciembre de 2023 (44,22 por ciento), anunciado por el Instituto de Estadística de Turquía.

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Los valores umbral y los límites monetarios determinados en la Ley de Contratación Pública se han actualizado con un aumento del 44,22 por ciento, correspondiente a la tasa de variación anual del Índice de Precios al Productor Nacional (Yİ-ÜFE). Esta actualización fue anunciada mediante el Comunicado sobre Licitaciones Públicas, preparado por la Autoridad de Contratación Pública y publicado en el Boletín Oficial.

De acuerdo con esto, según el comunicado que entrará en vigor a partir del 1 de febrero de 2024, los valores umbral y los límites monetarios especificados en la Ley de Contratación Pública se actualizaron teniendo en cuenta la tasa de variación anual del Índice de Precios al Productor Nacional (Yİ-ÜFE) del periodo de diciembre de 2023.

La comparación de los valores umbral y límites monetarios actualizados con el periodo anterior es la siguiente:

Valores umbral y límites monetarios y montos hasta el 31 de enero de 2024 (TL)Valores umbral y límites monetarios y montos a aplicar en el periodo del 1 de febrero de 2024 al 31 de enero de 2025 (TL)
Valores umbralValores umbral
ARTÍCULO 8
7.916.77611.417.574
13.194.66419.029.344
290.284.533418.648.353
Límites monetarios y montos
ARTÍCULO 3 (g)
66.224.49895.508.971
ARTÍCULO 13 (b)
863.7001.245.628
1.727.4892.491.384
14.396.54220.762.692
ARTÍCULO 21 (f)
1.439.5432.076.108
ARTÍCULO 22 (d)
431.810622.756
143.845207.453
ARTÍCULO 53 (j)/1
2.879.2024.152.385
ARTÍCULO 53 (j)/2
4.557.7976.573.254
27.32239.403
18.231.25526.293.115
54.67778.855
136.734.452197.198.426
82.018118.286
109.370157.733
ARTÍCULO 62 (h)
1.597.9172.304.515