Aumento en la tasa de interés: ¡Atención quienes tengan multas de tráfico, deudas de MTV y tasas pendientes!
Según los Decretos Presidenciales y el comunicado de la Administración de Ingresos del Ministerio del Tesoro y Finanzas, la tasa de recargo por mora para las deudas públicas se incrementó del 3,5% al 4,5%, y la tasa de interés por aplazamiento aumentó del 36% al 48%.
12punto
Los Decretos Presidenciales y el comunicado de la Administración de Ingresos del Ministerio del Tesoro y Finanzas fueron publicados en el Boletín Oficial.
De acuerdo con esto, la tasa de recargo por mora establecida en el primer párrafo del artículo 51 de la Ley N.º 6183 sobre el Procedimiento de Cobro de Deudas Públicas se fijó en un 4,5% para ser aplicada mensualmente por separado. Dicha tasa se aplicaba anteriormente al 3,5%.
VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE JUNIO
Por otro lado, se decidió que la tasa de interés legal regulada en el primer artículo de la Ley N.º 3095 sobre Intereses Legales e Intereses de Mora se aplique al 24% anual a partir del 1 de junio.
Asimismo, mediante el Comunicado General de Cobranza preparado por la Administración de Ingresos, se modificaron las tasas de interés por aplazamiento. Con este comunicado, la tasa de interés por aplazamiento, que se aplicaba al 36% anual, se fijó en el 48%.
A partir de hoy, se aplicará un interés por aplazamiento del 48% anual a las deudas públicas que sean aplazadas basándose en las solicitudes presentadas.
Para las deudas públicas que se aplacen basándose en solicitudes realizadas antes de la fecha de publicación del comunicado, así como para aquellas que fueron aplazadas antes de dicha fecha y que se están pagando conforme a las condiciones de aplazamiento, se seguirá aplicando la tasa de interés por aplazamiento anterior desde la fecha de solicitud, siempre y cuando se paguen cumpliendo con las condiciones de aplazamiento.