Comienza el 1 de enero: Nueva era en el uso de créditos para comerciantes
Se inicia una nueva etapa en el uso de créditos con apoyo de intereses del Tesoro para comerciantes. A partir de 2026, será obligatorio declarar los gastos y presentar facturas por una parte específica del crédito utilizado.
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A partir del 1 de enero de 2026, los comerciantes que deseen beneficiarse del Crédito de Inversión y Operación con Apoyo de Intereses del Tesoro deberán declarar en qué gastos utilizarán al menos el 33% del crédito solicitado y documentarlo con facturas oficiales. Se indica que la normativa se endurecerá aún más en 2027 y que este porcentaje aumentará a al menos el 67%.
SIN APOYO PARA QUIEN NO PRESENTE DOCUMENTACIÓN
Se señala que, en caso de que el crédito se utilice para fines distintos a los declarados o se detecte una declaración falsa, la aplicación del apoyo de intereses del Tesoro será eliminada por completo.
QUE EL CRÉDITO NO SE DESVÍE DE SU PROPÓSITO
Se afirma que con la nueva aplicación se busca evitar que dichos créditos se utilicen en áreas ajenas a la inversión, como la compra de oro, vehículos o viviendas.