Decisión del tribunal de la UE contra TikTok
El Tribunal General de la Unión Europea rechazó la apelación de TikTok contra su clasificación como "guardián de acceso".
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El Tribunal General de la Unión Europea (UE) ha rechazado la apelación presentada por TikTok, cuya empresa matriz es la firma china ByteDance, contra su clasificación como "guardián de acceso" (gatekeeper) por parte de la Unión.
El Tribunal General, con sede en Luxemburgo y parte de la estructura del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el máximo tribunal de la UE, ha dictado sentencia sobre la demanda presentada por la empresa china ByteDance.
El tribunal desestimó la demanda interpuesta contra la decisión de la Comisión Europea de clasificar a TikTok como "guardián de acceso".
En el marco de la ley de la UE aprobada el año pasado, que introduce cambios en las operaciones de las plataformas digitales, las grandes plataformas y empresas digitales que operan en Europa fueron designadas como "guardianes de acceso" y comenzaron a estar sujetas a obligaciones estrictas.
En este contexto, TikTok fue definida por la UE como una "Plataforma en Línea de Muy Gran Tamaño" y clasificada como "guardián de acceso".
Las plataformas clasificadas de esta manera deben cumplir con diversas normas estrictas, tales como aumentar la competencia, ofrecer más opciones a los consumidores y prevenir la difusión de contenido ilegal y dañino.
A las plataformas digitales que infringen las normas se les pueden imponer elevadas multas económicas. En caso de reincidencia, las operaciones de estas plataformas en la UE podrían ser suspendidas.
TikTok había iniciado un proceso legal contra la clasificación de la UE.