Decisión judicial relevante para los inquilinos: cambian las condiciones de desalojo en los contratos de alquiler de 10 años

Con la decisión del Tribunal Regional de Justicia de Estambul, las condiciones de desalojo en los contratos de alquiler que han completado el periodo de prórroga de 10 años han sido redefinidas. Mientras se flexibiliza la obligación de presentar una justificación para los propietarios, el plazo de notificación de 90 días se destaca como un elemento crítico.

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La Sala 49 de lo Civil del Tribunal Regional de Justicia de Estambul ha emitido una decisión que sienta un precedente en relación con las disputas de alquiler. La resolución redefine las facultades de los propietarios en el proceso de desalojo, especialmente en las relaciones de alquiler de larga duración. Según esto, las condiciones de desalojo en los contratos que han completado el periodo de prórroga de 10 años serán evaluadas bajo un marco diferente.

NUEVO ENFOQUE EN LAS CONDICIONES DE DESALOJO

En las prácticas anteriores, para el desalojo del inquilino, el propietario debía presentar justificaciones concretas como la necesidad de vivienda, reformas integrales o reconstrucción. Con la nueva decisión, esta obligación se ha flexibilizado en los contratos de alquiler que han completado el periodo de prórroga de 10 años. En los contratos bajo este alcance, la notificación de la voluntad de rescisión por parte del propietario podrá considerarse suficiente para iniciar el proceso de desalojo.

EL PLAZO DE NOTIFICACIÓN SERÁ DETERMINANTE

En la decisión judicial, el ejercicio del derecho de desalojo se ha supeditado a un procedimiento específico. Según esto, el propietario debe realizar una notificación por escrito al inquilino a través de un notario al menos 90 días antes de la finalización del periodo de prórroga del contrato de alquiler. En caso de que se pase este plazo, el derecho de desalojo se considerará inválido para dicho periodo y el proceso se trasladará al siguiente año de alquiler.

ADVERTENCIA PARA CONTRATOS ANTIGUOS

Los círculos jurídicos señalan que los contratos de alquiler realizados especialmente en 2015 y años anteriores destacan dentro del alcance de esta decisión. Se indica que las partes deben tener en cuenta las fechas de inicio de los contratos y los periodos de prórroga para seguir el plazo de notificación de 90 días.