Instrucción del Banco Central a los bancos sobre las reservas obligatorias

Según la instrucción enviada por el TCMB a los bancos, se aplicará una comisión del 8% por parte del TCMB a las cuentas protegidas contra la fluctuación cambiaria (KKM) de aquellos bancos que no alcancen los objetivos de conversión a liras turcas (TL), renovación y aumento de la cuota de TL, diferenciándose según el caso.

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La comisión por reservas obligatorias aplicable a la cuota en liras turcas se fijó en el 3%. Para los bancos que cumplan con los objetivos, será posible reducir la comisión hasta cero. En el documento, se recordó que se cobrarán comisiones sobre las reservas obligatorias constituidas para los pasivos en moneda extranjera.

En la instrucción, también se hizo hincapié en la advertencia de que se tomarán medidas para la renovación de las cuentas protegidas contra la fluctuación cambiaria, la conversión a liras turcas y el aumento de la cuota de TL en la aplicación de comisiones.

COMISIÓN DEL 8% PARA CUENTAS KKM

En este contexto, se incluyeron las siguientes declaraciones: "Se ha pasado a la aplicación de una comisión anual del 8% para las cuentas que cuentan con apoyo de protección cambiaria/de precios, diferenciada según las condiciones determinadas por el TCMB, y una comisión anual del 3%, diferenciada según la cuota de liras turcas establecida".

Las tasas que servirán de base para la tasa de comisión a cobrar por la renovación y la cuota de TL se determinaron por encima y por debajo del 100%. En consecuencia, los bancos con una tasa de renovación y conversión a TL inferior al 100% y los bancos participativos por debajo del 85% pagarán una comisión superior al 6%.

Para los bancos que superen estos objetivos, será posible reducir la tasa hasta el 0%. La comisión basada en la cuota de TL también será como máximo del 3%, y podrá reducirse hasta 0 si se supera el objetivo.

BANCOS CON DEPÓSITOS INFERIORES A 500 MILLONES DE LIRAS QUEDAN EXENTOS

Además, la instrucción incluyó detalles sobre cómo se calculará la aplicación de la comisión de reservas obligatorias en la tasa de conversión a la cuota de TL. Según esto, se aplicará una comisión del 2% al banco en las conversiones de personas físicas donde el cambio en la tasa de cuota de TL de hace 4 semanas sea inferior al 3,5%, y una deducción de comisión del 1% a los bancos que se mantengan por debajo de la cuota calculada el 18 de agosto de 2023 para personas jurídicas. Los bancos cuyo importe de depósitos vencidos sea inferior a 500 millones de liras quedaron exentos de la comisión a aplicar en materia de renovación y conversión a TL.

EXCEPCIONES POR TAMAÑO

Aparte de esto, los bancos cuyo denominador en el cálculo de la cuota de liras turcas para personas físicas sea inferior a 15 mil millones de liras turcas, y los bancos cuyo denominador en el cálculo de la cuota de liras turcas para personas jurídicas sea inferior a 10 mil millones de liras turcas, también quedaron exentos de la aplicación.

Además, en la instrucción se decidió que el objetivo de aumento de la cuota de liras turcas para personas físicas para los bancos participativos se aplicará como 1,75 puntos porcentuales en lugar de 3,5 puntos porcentuales. Sin embargo, se señala que el número de bancos que pueden beneficiarse de la exención es muy limitado.