¡Atención jubilados que siguen trabajando! Su pensión podría ser suspendida

Recientemente, las afirmaciones sobre la posible suspensión de las pensiones de quienes continúan trabajando tras jubilarse han generado debates en la opinión pública. El columnista de Hürriyet, Noyan Doğan, realizó importantes declaraciones para aclarar la confusión al respecto, señalando que las pensiones de quienes se aseguraron después de 2008 serán suspendidas, mientras que aquellos asegurados antes de 2008 no enfrentarán ningún cambio.

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En los últimos días, las afirmaciones sobre la posible suspensión de las pensiones de quienes continúan trabajando tras jubilarse han generado un gran debate en la opinión pública.

El columnista del diario Hürriyet, Noyan Doğan, afirmó que existe una percepción errónea sobre este tema y declaró: "No se suspenderá la pensión de quienes se jubilaron y siguen trabajando después de 2008. El tema principal concierne a quienes fueron asegurados por primera vez después de 2008".

Según esta explicación, aquellos que fueron asegurados después de octubre de 2008 no podrán recibir su pensión si continúan trabajando después de jubilarse. Sin embargo, no existe ningún cambio para quienes fueron asegurados antes de octubre de 2008.

DIFERENTE APLICACIÓN PARA ASEGURADOS ANTES Y DESPUÉS DE 2008

Las dos grandes reformas realizadas en el sistema de seguridad social de Turquía en 1999 y 2008 cambiaron significativamente las condiciones de jubilación y el sistema de pensiones.

Para los asegurados antes del 1 de octubre de 2008:

Pueden seguir trabajando después de jubilarse.

Pueden recibir tanto su pensión de jubilación como el salario de su lugar de trabajo.

Es posible que trabajen pagando la Prima de Apoyo a la Seguridad Social (SGDP).

Para los asegurados por primera vez después del 1 de octubre de 2008:

Si trabajan después de jubilarse, su pensión será suspendida.

Dado que se eliminará la aplicación de la SGDP, no tendrán derecho a recibir doble sueldo.

O solo podrán recibir su pensión de jubilación o seguir trabajando y renunciar a su pensión.


Este cambio destaca como una regulación importante que limita el trabajo después de la jubilación para aquellos asegurados por primera vez después de octubre de 2008.

¿QUÉ ES LA SGDP? ¿QUIÉNES PUEDEN RECIBIR DOBLE SUELDO?

La Prima de Apoyo a la Seguridad Social (SGDP) es un sistema que permite a las personas que se jubilan y siguen trabajando permanecer en el empleo manteniendo sus pensiones. Aquellos asegurados antes del 1 de octubre de 2008 pueden recibir tanto su pensión de jubilación como el salario de su lugar de trabajo pagando la SGDP.

La tasa de la SGDP es del 32 por ciento y esta deducción es pagada por el empleador. Sin embargo, esta aplicación será eliminada para los asegurados después del 1 de octubre de 2008.

Con este cambio, los asegurados después de 2008 que se jubilen en el futuro no podrán trabajar al mismo tiempo que reciben su pensión.

¿PODRÍA HABER UNA NUEVA REFORMA EN LA SEGURIDAD SOCIAL?

Los asegurados después de octubre de 2008 aún no han alcanzado la edad de jubilación. En los próximos años, podría realizarse una nueva reforma en el sistema de seguridad social.

¿Podrían cambiar estas reglas? Es difícil de predecir por ahora. Sin embargo, de acuerdo con las leyes actuales, ha quedado claro que aquellos con registro de seguro posterior al 1 de octubre de 2008 no podrán recibir su pensión si trabajan después de jubilarse.