Nueva decisión sobre la venta de vehículos de segunda mano en el Boletín Oficial: continuará hasta el 1 de julio de 2025

Una importante regulación sobre el comercio de vehículos de segunda mano ha sido publicada en el Boletín Oficial y ha entrado en vigor. Según esta, el límite de 6 meses y 6 mil kilómetros se ha extendido desde el 1 de enero de 2025 hasta el 1 de julio de 2025. Además, el Ministerio de Comercio tendrá la autoridad para extender este período por hasta 6 meses adicionales.

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El Reglamento sobre la Modificación del Reglamento relativo al Comercio de Vehículos Motorizados Terrestres del Ministerio de Comercio ha sido publicado en el Boletín Oficial.

La nueva normativa prohíbe la venta de motocicletas, automóviles y vehículos todoterreno de segunda mano antes de que hayan transcurrido 6 meses y 6 mil kilómetros desde la fecha de su primera matriculación. Esta regla estará vigente hasta el 1 de julio de 2025 y abarcará tanto las ventas directas como las indirectas.

Asimismo, la publicación de anuncios de vehículos de segunda mano con un precio superior al precio de venta actual determinado por el fabricante o distribuidor también está prohibida hasta la misma fecha.

El Ministerio de Comercio tiene la facultad de extender este plazo por seis meses más si fuera necesario.