Nueva normativa sobre los gastos de los refugios municipales publicada en el Boletín Oficial
Con el nuevo comunicado publicado en el Boletín Oficial, se han aclarado los porcentajes presupuestarios que los municipios deben destinar a los refugios de animales. Los municipios que realicen gastos adicionales podrán recuperar hasta el 40% del importe determinado por parte del Ministerio de Hacienda y Finanzas. La nueva normativa tiene como objetivo garantizar que los animales sin dueño vivan en mejores condiciones.
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Con el nuevo comunicado publicado en el Boletín Oficial, se han aclarado los porcentajes presupuestarios que los municipios deben destinar a los refugios de animales y las condiciones de reembolso para los gastos excesivos. Según esto, los municipios podrán recuperar del Ministerio de Hacienda y Finanzas hasta el 40% de los gastos realizados por encima de los gastos obligatorios determinados.
De acuerdo con el comunicado publicado por la Dirección General de Contabilidad, en el marco del artículo 4 transitorio de la Ley de Protección de los Animales, los municipios metropolitanos deberán destinar al menos el 3% de sus presupuestos, y los demás municipios al menos el 5%, a refugios de animales, trabajos de rehabilitación y al cuidado de animales sin dueño.
SE PROPORCIONARÁ APOYO PARCIAL A LOS GASTOS EXCESIVOS
Los municipios que realicen gastos por encima de los porcentajes presupuestarios determinados podrán solicitar al Ministerio de Hacienda y Finanzas el reembolso de hasta el 40% del importe gastado en exceso. Sin embargo, este reembolso no podrá superar el 40% de los porcentajes determinados. Los municipios deberán presentar sus solicitudes de reembolso a través de la tabla de cálculo incluida en el anexo del comunicado.
Esta nueva normativa, al tiempo que incentiva a los municipios a realizar mayores gastos en bienestar animal, tiene como objetivo crear mejores condiciones de vida para los animales sin dueño.